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Censura, sanciones y publicidad: Luisa María Alcalde aclara Lineamientos sobre Derechos de las Audiencias tras críticas

La consejera jurídica de Presidencia acusó una campaña de desinformación sobre los Lineamientos Generales

Luisa María Alcalde explicó los lineamientos señalados de censura. | Presidencia

Luisa María Alcalde Luján, consejera jurídica del Ejecutivo Federal de México, explicó de nueva cuenta los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que actualmente están en consulta pública, tras los señalamientos de censura, sanciones a la prensa e irregularidades para publicidad.

En la connferencia ‘La Mañanera del Pueblo’, la funcionaria federal calificó las críticas como una campaña de desinformación y recalcó que los lineamientos, emitidos por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), aún no se han publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Es decir, se pueden modificar al concluir la consulta pública, por lo que reprochó que se acuse al gobierno de buscar censurar a los medios de comunicación, lo cual consideró “una falsa narrativa”.

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“Inició esta campaña primero, pretendiendo establecer una falsa narrativa de que se trataban de lineamientos que lo que buscaban era censurar. Y también una narrativa muy alejada de la realidad que establecen que lo que se pretende es que sea el Estado el que determine como última palabra qué es verdad, qué no es verdad, que pueda callar voces, que pueda limitar opiniones. Nada de esto está establecido en los lineamientos”, aseveró en Palacio Nacional.

Aclara Lineamientos sobre Derechos de las Audiencias

  • Sanciones

Alcalde Luján aseguró que “en ningún caso” se señalan sanciones contra los contenidos ni de que el Estado sea quien determine “qué es verdad”.

Afirmó que de acuerdo con los lineamientos “son los propios medios de comunicación los que tienen la obligación de emitir códigos de ética”, en los cuales se establecerán los mecanismos para que los medios de comunicación granticen la veracidad de la información.

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“Es decir, que sea información verificada, que no sea información falsa. ¿Por qué? Porque todas las audiencias tenemos el derecho de recibir información veraz, plural, certera, verificada. No noticias falsas.

“¿Quién va a determinar cómo se va a garantizar eso? El propio medio de comunicación, no el Estado. El Estado no va a evaluar si es verdad o no es verdad. Serán los medios de comunicación, a través de sus códigos de ética, los que establezcan cómo van a garantizar que esa información sea veraz", puntualizó.

No obstante, señaló que la comisión sólo interviene y sanciona por incumplir las siguientes obligaciones:

  • No emitir Código de Ética.
  • No nombrar defensor de las audiencias.
  • No poner a disposición de las audiencias mecanismos de defensa.

“Si yo como audiencia, como ciudadano, como radioescucha o televidente, ubico que se me está violentando mi derecho, ¿a quién acudo? ¿Dónde presento una queja? ¿Quién me escucha del otro lado? Bueno, pues es este defensor de audiencia.

“Pareciera que el defensor de audiencia lo va a señalar el Estado. No, es el propio medio de comunicación, la propia concesionaria, la que determina y nombra a quien será su defensor de audiencias. Ellos mismos nombran a esta persona que será el que reciba las quejas de la ciudadanía”, agregó.

  • Publicidad

En el apartado de publicidad, Alcalde Luján sostiene que las audiencias tienen derecho a diferenciar entre contenidos noticiosos y espacios pagados.

Aseguró que el objetivo es evitar que se presente como información objetiva lo que en realidad es un mensaje comercial.

En televisión abierta y de paga, señala que los lineamientos establecen que, cuando existan “espacios comercializados” dentro de un contenido, deberá mencionarse y mostrarse una P de publicidad.

Detalló que este símbolo se incluye al inicio y al final del espacio comercializado. Además, al final de cada contenido se deberá mostrar en pantalla que el programa contó con espacios comercializados y/o patrocinados.

Para radio, indicó que los espacios comercializados dentro del contenido deben expresarse “de forma clara y previa”, para que la audiencia sepa desde el inicio que se trata de una inserción pagada.

  • Opinión e información

Alcalde Luján también abordó la distinción entre opinión e información. Rechazó que los lineamientos obliguen a interrumpir constantemente un programa para aclarar qué es opinión y qué es noticia, y sostiene que la medida se limita a identificadores al inicio y al final.

En televisión abierta y de paga, mencionó que en programas noticiosos debe incluirse una pleca, cortinilla o mensaje en pantalla que permita identificar cuando la persona conductora expresa “de forma indistinta” opiniones y mensajes noticiosos, incorporado al inicio y al final del programa.

Para contenidos de opinión, señaló que la identificación también debe mostrarse al inicio y al cierre.

En radio, agregó, se aplican criterios para que la audiencia sepa si escucha un espacio noticioso, uno de opinión o una mezcla de ambos.

Al cierre, Alcalde Luján afirmó que los lineamientos “están muy alejados de una intención de censura” y que, por el contrario, buscan proteger el artículo 6 constitucional al dar herramientas para que las audiencias reciban información “veraz” y no sean engañadas.