La Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México suspendió de manera preventiva a dos elementos de la Policía Auxiliar que protagonizaron una riña en la estación Ayuntamiento de la Línea 1 del Metrobús de la Ciudad de México.
A través de una tarjeta informativa, la dependencia capitalina informó que personal de la Inspección Policial de la Policía Auxiliar y de la Dirección General de Asuntos Internos tomó conocimiento del altercado e inició las investigaciones para esclarecer lo ocurrido y determinar las responsabilidades correspondientes.
La SSC precisó que ambas uniformadas ya fueron identificadas y citadas a rendir su declaración como parte de la integración del expediente administrativo. En tanto concluyen las indagatorias, permanecerán suspendidas de sus funciones.
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La corporación señaló que la suspensión tiene carácter preventivo y que la sanción que, en su caso, se imponga dependerá de los resultados de la investigación y de lo que establezcan los reglamentos y la normatividad interna. Hasta el momento, la autoridad no ha informado qué originó la pelea ni si alguna de las policías resultó lesionada.
El altercado ocurrió en la estación Ayuntamiento de la Línea 1 del Metrobús y fue difundido a través de videos en redes sociales, donde se observa a las dos mujeres policía enfrentándose físicamente mientras usuarios y otros elementos intentan separarlas.
Desde amonestaciones hasta la destitución: las sanciones que prevé el reglamento de la SSC
La investigación iniciada por la Secretaría de Seguridad Ciudadana determinará si las dos policías auxiliares incurrieron en alguna falta al régimen disciplinario de la corporación y, en su caso, cuál será la sanción aplicable.
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El Reglamento del Régimen Disciplinario de la Policía de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México establece que el personal policial debe conducirse con disciplina, profesionalismo y apego a los principios que rigen el servicio público.
En su artículo 9 señala que los integrantes de la corporación deberán observar una conducta basada en los principios de “legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, disciplina, eficiencia, eficacia, integridad, rendición de cuentas y respeto a los derechos humanos” durante el desempeño de sus funciones.
Asimismo, la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México establece que los integrantes de las instituciones policiales pueden ser sujetos tanto de correctivos disciplinarios como de sanciones cuando incumplan sus obligaciones. Entre los correctivos contempla la amonestación y el arresto de hasta 36 horas, mientras que entre las sanciones prevé la suspensión y la destitución del cargo. La propia legislación dispone que los reglamentos internos desarrollarán el procedimiento y las autoridades competentes para imponer dichas medidas.
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En ese contexto, la suspensión anunciada por la SSC tras la riña en la estación Ayuntamiento no constituye una sanción definitiva, sino una medida preventiva mientras concluye el procedimiento administrativo. Será la Dirección General de Asuntos Internos la encargada de integrar el expediente con las declaraciones de las dos uniformadas y demás elementos de prueba para determinar si incurrieron en una infracción al régimen disciplinario.
Durante el procedimiento también se analizarán las circunstancias en que ocurrió el altercado, la posible afectación al servicio, la conducta de ambas policías y la existencia de antecedentes o agravantes que puedan influir en la resolución.
Una vez concluida la investigación, las instancias disciplinarias de la Secretaría de Seguridad Ciudadana determinarán si procede imponer un correctivo disciplinario, una sanción administrativa o, en caso de acreditarse una falta de mayor gravedad, alguna de las medidas más severas previstas en la legislación vigente, incluida la destitución.
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