La Secretaría de Educación Pública (SEP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una modificación al aviso por el que se da a conocer el estándar oficial de la cédula profesional, con efectos de patente para el ejercicio profesional.
Esta reforma establece que la cédula profesional, en formato físico o electrónico, ya no será considerada como documento de identificación oficial en México.
La SEP recordó que la Dirección General de Profesiones tiene la facultad de emitir cédulas profesionales electrónicas, pero precisó que estas únicamente tienen efectos como patente para el ejercicio profesional, y no como medio de identificación oficial ante autoridades de cualquier ámbito.
La reforma publicada señala que todas las autoridades deberán tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto: las cédulas profesionales físicas o electrónicas no constituyen documento de identificación oficial para trámites. En consecuencia, para acreditar la identidad en procedimientos oficiales, las personas deberán presentar credenciales como la CURP y otras identificaciones de aceptación universal conforme a la normativa vigente.
“Las cédulas profesionales físicas o electrónicas emitidas por la Dirección General de Profesiones no constituyen el documento de identificación oficial de las personas.
“Las autoridades de cualquier ámbito y materia deberán tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo señalado en el presente numeral”, se lee en el párrafo segundo de la publicación.
El aviso entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, firmado por el secretario de Educación Pública, Mario Delgado Carrillo, y funcionarios responsables de la Unidad de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Profesiones.
¿Qué documentos se pueden usar como identificación oficial?
El fundamento legal de esta determinación se encuentra en el artículo 4º de la Constitución, que reconoce el derecho a la identidad, así como en la Ley General de Población, que otorga a la Secretaría de Gobernación la responsabilidad de registrar y acreditar la identidad de las personas a través del Registro Nacional de Población.
En este marco, la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos, se define como el documento de identidad de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, especialmente cuando incluye huellas dactilares y fotografía.
De acuerdo con información publicada en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, también se continúa reconociendo como identificación oficial:
- La Credencial para votar, que emite el Instituto Nacional Electoral (INE).
- El Pasaporte vigente expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
- La Cartilla del Servicio Militar Nacional, expedida por la Secretaria de Defensa Nacional.
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