
Aunque muchas personas optan por solicitar apoyo económico a familiares o amigos para sortear imprevistos o concretar compras importantes, hay una condición que no puede ignorarse al recibir transferencias de dinero en México.
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) establece un límite monetario para transferencias entre familiares o amistades en México, en caso de no cumplirse, la persona se hará acreedora a una multa de 35 mil pesos mexicanos.
El SAT establece que cualquier préstamo recibido por transferencia que supere los 600 mil pesos puede acarrear sanciones económicas, según lo dispuesto en la legislación vigente.
La preferencia por recurrir a conocidos en lugar de instituciones financieras responde, en gran medida, a la flexibilidad que ofrecen las relaciones personales. Los acuerdos informales entre amigos o familiares suelen prescindir de requisitos como garantías, comprobantes de ingresos o intereses elevados, lo que facilita el acceso a recursos de manera rápida y directa.
Sin embargo, el SAT advierte que todo préstamo que exceda los 600 mil pesos debe ser reportado ante la autoridad fiscal, de lo contrario, el receptor podría enfrentar una multa de hasta 35 mil pesos.
Por qué el SAT te multa si haces una transferencia de más de 600 mil pesos
Esta obligación se fundamenta en el Artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que otorga al SAT la facultad de exigir el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o incrementos de capital recibidos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera. El portal oficial del SAT precisa:
“El artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establece la obligación de presentar la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.”El motivo de esta regulación radica en que el ingreso de sumas elevadas en efectivo se considera un aumento de capital, lo que obliga a los contribuyentes a presentar la declaración correspondiente.
Si no se cumple con este requisito, el SAT puede imponer sanciones económicas considerables. Además, el límite de 600.000 pesos aplica sin importar la modalidad del préstamo: si la operación se realiza en moneda extranjera, el monto equivalente en pesos mexicanos también debe ser declarado si supera ese umbral.El SAT aclara en su portal que “en este sentido, se entenderá como efectivo, aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas las operaciones realizadas, entre otras, mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas”.
Esto significa que las transferencias electrónicas, cheques y traspasos de cuentas no se consideran efectivo a efectos de esta obligación, aunque el monto recibido sí puede estar sujeto a revisión si se interpreta como un aumento de capital.
Para quienes desean evitar posibles multas, una alternativa es solicitar el préstamo directamente a una institución financiera, ya que estas operaciones quedan registradas y supervisadas por el SAT.
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