La Fiscalía General de la República (FGR) entregó el pasado domingo 17 de agosto de 2025 a dos ciudadanos mexicanos a Estados Unidos, en cumplimiento con el Tratado de Extradición vigente entre ambas naciones.
De acuerdo con el comunicado oficial emitido por la fiscalía, la autoridad federal llevó a cabo este proceso tras acusaciones formales de delitos sexuales cometidos en Texas.
La FGR informó sobre la detención de ambos sujetos por agentes mexicanos, quienes actuaron después de que los tribunales norteamericanos solicitaran la entrega.
Dos extradiciones en fin de semana
El primer caso corresponde a Francisco “L”, requerido por el Tribunal de Distrito del Condado de Harris, Texas, por abuso sexual continuo, lesión sexual calificada e indecencia, hechos que involucran a dos menores de edad.
El acusado fue ubicado y detenido en Matamoros, Tamaulipas durante abril. En paralelo, Francisco “C” enfrentó solicitud formal por agresión sexual agravada e indecencia en perjuicio de un menor.
En este caso, la aprehensión se realizó en la Ciudad de México en el mismo mes. Ambos procedimientos fueron coordinados por la FGR siguiendo instrucciones del gobierno mexicano para cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el país.
La entrega de los detenidos se formalizó en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, donde agentes designados de Estados Unidos recibieron a los imputados para su traslado.
El comunicado 548/25 de la FGR indica que la solicitud estadounidense respetó los procesos correspondientes, obteniendo el visto bueno del Ejecutivo federal mexicano.
Cómo se lleva a cabo una extradición
El proceso de extradición en México está regulado por la Ley de Extradición Internacional, la cual establece que pueden ser entregados al extranjero los individuos sujetos a proceso penal o condenados por la justicia de otro país, siempre que los delitos tengan correspondencia en la legislación mexicana y la extranjera, y se excluyan los casos de persecución política, delitos de fuero militar, o cuando exista riesgo de tortura o desaparición forzada.
La ley incluye protecciones fundamentales, como la prohibición de extraditar por delitos políticos o cuando el reclamado pudiera sufrir tratos inhumanos.
Entre los requisitos necesarios para conceder la extradición, la ley exige que el delito imputado sea castigado en ambos países con una pena mínima de prisión y que no se hallen vigentes causas de exclusión como la absolución, indulto, amnistía, o prescripción de la acción penal.
Además, el Estado solicitante debe comprometerse a respetar el debido proceso, garantizar la defensa y asegurar que el extraditado no será juzgado por hechos distintos a los que fundamentaron la solicitud.
“El Estado Mexicano exigirá... que el presunto extraditado será sometido a tribunal competente, establecido por la ley con anterioridad al delito que se le impute... y será oído en defensa”, establece la legislación nacional.
El procedimiento requiere que, una vez recibida la solicitud formal, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) valore su admisión y, de encontrarla procedente, remita el expediente a la FGR, quien a su vez promoverá la detención ante un juez de distrito.
El detenido puede designar defensor, presentar excepciones, y recurrir la decisión en amparo. Si el Ejecutivo concede la extradición, la entrega se realiza bajo estricta vigilancia y en coordinación con autoridades extranjeras.
La FGR reiteró en su comunicado que la extradición de ciudadanos mexicanos obedece tanto al tratado firmado con Estados Unidos como a la legislación nacional, en la que se prevén garantías sustantivas para los reclamados y mecanismos de defensa legal.
El procedimiento queda documentado mediante la notificación oficial a la SRE, el aviso a la Secretaría de Gobernación y la entrega física de los sujetos reclamados.
Entre los criterios que revisan las autoridades mexicanas, se incluye la reciprocidad, que el reclamado no haya sido indultado o absuelto, la ausencia de prescripción, y la inexistencia de procesos pendientes en territorio nacional por otros delitos.
Además, la ley prohíbe la extradición cuando existan elementos para presumir que el individuo podría ser torturado o desaparecido por el Estado reclamante.
El caso de Francisco “L” y Francisco “C”, ambos entregados a las autoridades estadounidenses este 17 de agosto, representa un acto de cooperación internacional y aplicación de los compromisos de México en materia de justicia transfronteriza y protección de las víctimas de delitos sexuales.