
El Diario Oficial de la Federación (DOF) cerró el año 2024 con la publicación de un decreto que modifica el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución mexicana.
Según lo publicado en su edición vespertina del martes 31 de diciembre de 2024, el decreto que modifica el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con la prisión preventiva oficiosa, entrará en vigor el próximo miércoles 1 de enero de 2025. Este cambio, aprobado previamente por el Congreso, introduce ajustes significativos en el catálogo de delitos que ameritan esta medida cautelar.
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De acuerdo con lo informado, la Cámara de Diputados dio luz verde a esta reforma el pasado 13 de noviembre, logrando una mayoría calificada tanto en lo general como en lo particular. Durante la discusión en lo particular, se incorporaron modificaciones relevantes al dictamen original, las cuales fueron propuestas por el diputado Ricardo Monreal Ávila, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena.

Estas reservas incluyeron la exclusión de ciertos delitos del catálogo de aquellos que ameritan prisión preventiva oficiosa, así como la inclusión de nuevos supuestos relacionados con actividades ilícitas específicas.
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Entre los cambios más destacados se encuentra la eliminación del narcomenudeo y la defraudación fiscal del listado de delitos graves que obligan a la aplicación de prisión preventiva oficiosa. Estas modificaciones, impulsadas por Monreal Ávila, buscan ajustar el enfoque de esta medida cautelar, limitándola a casos de mayor impacto en la seguridad y el orden público.
Según lo publicado por el DOF, esta decisión responde a la necesidad de equilibrar la aplicación de la prisión preventiva con el respeto a los derechos humanos y el principio de presunción de inocencia.
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Por otro lado, la reforma también amplía el alcance de la prisión preventiva oficiosa en relación con delitos vinculados al manejo ilegal de sustancias químicas y drogas sintéticas.
En este sentido, se establece que los jueces deberán ordenar esta medida en casos que involucren la introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos, sustancias químicas esenciales, fentanilo y sus derivados. Este ajuste refleja la creciente preocupación por el impacto del tráfico de drogas sintéticas en la seguridad nacional y la salud pública.
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Con la entrada en vigor de esta reforma en 2025, se espera que el sistema judicial mexicano adopte un enfoque más equilibrado en la aplicación de la prisión preventiva. Este cambio responde a críticas previas sobre el uso excesivo de esta medida cautelar, que en algunos casos ha sido señalada como una forma de castigo anticipado.
Al limitar su aplicación a delitos específicos y de alto impacto, la reforma busca fortalecer el respeto a los derechos humanos y la eficiencia del sistema de justicia penal.
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Durante su intervención, Monreal Ávila explicó que, en la primera reserva, se propone excluir del catálogo de delitos graves el narcomenudeo, contemplado en el dictamen, “porque han planteado compañeros del movimiento que le demos un tratamiento social para poder generar condiciones de convivencia pacífica y recobrar, restañar el tejido social, sobre todo en jóvenes”, señaló.
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