
Cada vez es más común que las personas decidan rentar un inmueble con el fin de convertirlo en su hogar, pero siempre existe el temor por parte de los dueños de los predios sobre la posibilidad de que su propiedad les sea arrebatada por la cantidad de años que un inquilino puede llegar a ocuparla
El licenciado en Derecho, Luis Bravo, director Jurídico en Bramaya Consultores, habló para Infobae México acerca de las posibilidades de que una persona pueda convertirse en dueña de una propiedad al ocuparla por largo periodo de tiempo.
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¿Puedes apropiarte de una casa en la que has vivido por varios años?
El licenciado Bravo refirió que una persona sí puede ser dueña de un domicilio que ha habitado por varios años por medio de la prescripción o usucapión, conocido por ser el medio para obtener bienes muebles o inmuebles ajenos a consecuencia del factor tiempo. Lo anterior se centra en dar por terminado un derecho para apropiarse de él, ya que se tiene en supuesto abandono por parte de su titular.
Aunque también la ley expresa que hay determinadas condiciones que estipula la ley que se deben cumplir para poder prescribir la propiedad, como que la posesión sea pública, es decir, que las personas que viven en los alrededores reconozcan a la persona como quien vive en el lugar, además de que debe ser considerado que ocupe el inmueble de manera pacífica y sobre todo continua.
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Para que sea efectiva, generalmente se requiere que el ocupante demuestre que ha vivido en el inmueble durante un número específico de años sin interrupción, lo cual corresponde a un periodo de seis años o más, tiempo en el que ha mantenido la propiedad y, en algunos casos, que ha pagado los impuestos correspondientes a dicho predio.

Además, esta posesión debe ser sin el consentimiento del propietario verdadero, bajo el argumento de que si el propietario no ejerció su derecho a reclamar la propiedad durante el tiempo establecido, pierde su derecho a hacerlo posteriormente.
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¿Cómo evitar perder una propiedad como dueño?
El especialista en materia jurídica detalló que en el caso de las personas que son dueñas legítimas del inmueble que están rentando deben tener en cuenta ciertas medidas antes de rentar el inmueble.
Lo primero que debe hacer en calidad de dueño es ofrecer un contrato de renta, en el que se estipule que la persona que habitará en el inmueble únicamente lo hará en calidad de arrendatario.
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Paso a paso de cómo realizar la prescripción de un inmueble
Para poder tomar posesión de un inmueble es importante llevar a cabo un proceso, el cual consiste en:
- Posesión continua y pacífica: el interesado debe haber poseído el inmueble de manera continua, pacífica e ininterrumpida durante el período establecido por la ley, el cual puede variar dependiendo si la posesión es de buena fe (con justo título y buena fe) o de mala fe (sin título o contra la voluntad del dueño).
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- Justo título y buena fe (en algunos casos): para la prescripción ordinaria, se requiere que la posesión haya sido ejercida con justo título, es decir, un documento que justifique la razón de la posesión, y con buena fe, entendida como la intención de poseer el inmueble como propio, desconociendo cualquier vicio o problema legal.
- Inscripción en el Registro Público: en muchos sistemas legales, es necesario inscribir la pretensión de prescripción adquisitiva en el Registro Público de la Propiedad, lo que da publicidad al proceso y permite a terceros con un interés legítimo oponerse si lo consideran pertinente.
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- Solicitud ante un juez: para que la prescripción adquisitiva sea reconocida legalmente, es necesario presentar una solicitud ante un tribunal, aportando todas las pruebas de la posesión (documentos, testimonios, etc.). El juez evaluará si se han cumplido todos los requisitos legales.
- Sentencia favorable y registro de la propiedad: si el juez determina que se han cumplido todos los requisitos para la prescripción adquisitiva, emitirá una sentencia a favor del solicitante. Con esta sentencia, el interesado podrá acudir al Registro Público de la Propiedad para inscribir a su nombre el inmueble.
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