La justicia de San Martín quedó a cargo de una demanda de la provincia de Buenos Aires contra la Dirección Nacional de Vialidad para que se terminen y habiliten tramos de la autopista Presidente Perón y se dicte un amparo que garantice la “vida y seguridad” de los usuarios.
La provincia reclamó que se declare “la obligación de reactivar, continuar, finalizar y habilitar —por sí o por terceros, con cronograma y plazo cierto— los tramos de la Autopista Presidente Perón” que quedaron pendientes en territorio bonaerense. El planteo alcanzó los sectores entre Acceso Oeste y el acceso al barrio 20 de Junio, en Pontevedra; entre ese punto y la Ruta Provincial 58; entre las rutas provinciales 58 y 53; y entre la Ruta Provincial 53 y la autopista Buenos Aires-La Plata.
Además se pidió que la DNV verifique y controle el estado de esos tramos, “con el fin de garantizar la vida y seguridad de sus usuarios”, a raíz de la situación de las obras inconclusas. Y si no hay cumplimiento, se solicitó a la Justicia que ordene al organismo nacional “la transferencia integral de la traza a la Provincia de Buenos Aires para su ejecución, mantenimiento y gestión operativa, junto con los fondos presupuestarios necesarios para concluir las obras y trabajos pendientes”.
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Conflicto entre juzgados
La demanda sumó además un pedido de cautelar innovativa para ordenar medidas urgentes sobre la traza. Se pidió “la colocación de señales de seguridad y dispositivos de contención, la habilitación de desvíos alternativos, la reparación de imperfecciones en la calzada y la elaboración de un informe técnico” sobre el estado de avance de los trabajos y los recursos disponibles para su continuidad. Ese punto quedó ligado al reclamo principal sobre la terminación de la obra y a la discusión sobre la seguridad vial en los sectores afectados.
La primera disputa judicial no pasó por el fondo del reclamo, sino por la competencia. El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo 2 de San Martín se declaró incompetente. Argumentó que solo algunos de los municipios comprendidos en la traza, como Ituzaingó, Merlo y La Matanza, quedaban dentro de su jurisdicción territorial, mientras que otros segmentos se extendían fuera de ese ámbito. También señaló que la demandada -Vialidad Nacional- tiene domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
El juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 5 de CABA rechazó el caso y ahora la Cámara Contencioso Administrativo Federal decidió que la causa vuelva a San Martín.
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Necesidad de celeridad
El criterio que terminó por imponerse fue el del lugar donde el acto u omisión impugnados “tuviera o pudiera tener efectos”. La fiscalía general ante la Cámara sostuvo que la competencia territorial debe fijarse según el lugar de cumplimiento de la obligación y de acuerdo con los principios de inmediación y celeridad. Bajo esa lógica, entendió que las medidas reclamadas por la provincia, si fueran admitidas, deberían ejecutarse fuera de los tribunales federales porteños y, al menos en parte, dentro de la jurisdicción de San Martín.
La Sala IV del Tribunal de Apelaciones compartió ese enfoque. En su resolución afirmó que las medidas pretendidas “habrían de materializarse fuera de la jurisdicción de los tribunales federales de esta Ciudad” y además remarcó el domicilio de la demandada no resulta suficiente para justificar la intervención de la justicia porteña.
Los camaristas Rogelio Vincenti, Jorge Morán y Marcelo Duffy ordenaron que el caso vuelva a San Martín y se avance en el trámite del amparo que se presentó contra la DNV.
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