La Cámara Federal de Casación Penal ratificó de forma unánime la integración del tribunal oral que llevará adelante el juicio conocido como “Vialidad II”, el segundo tramo del expediente sobre las obras públicas viales adjudicadas en la provincia de Santa Cruz durante los gobiernos kirchneristas.
La Sala IV, integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, rechazó la queja presentada por la defensa de Sandro Férgola, ex subadministrador de Vialidad Nacional entre 2007 y 2010, contra la decisión que había impedido revisar la recusación de Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, los jueces convocados para el debate.
La resolución de este jueves, a la que tuvo acceso Infobae, confirmó el criterio adoptado el 14 de julio pasado por el Tribunal Oral Federal N.º 2, que rechazó in limine el pedido de apartamiento. Dos días después, dicho tribunal denegó el recurso de casación, lo que llevó a los abogados a presentar una queja directa ante la máxima instancia penal federal.
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La defensa pidió apartar a los magistrados porque el cronograma fijado para “Vialidad II” se superponía con el juicio de la causa “Cuadernos” ante el Tribunal Oral Federal N.º 7, en el que también debían intervenir los abogados de Férgola. Planteó que el mantenimiento de esas fechas afectaba el adecuado ejercicio del derecho de defensa y permitía temer una actuación parcial.
Casación descartó el planteo. Los camaristas recordaron que el rechazo de una recusación no es, por regla general, equiparable a una sentencia definitiva y señalaron que tampoco se acreditó “la existencia de algún perjuicio de imposible reparación ulterior o alguna cuestión federal, debidamente fundada” que justificara una excepción.
La Sala IV sostuvo que la fijación de audiencias y las medidas adoptadas durante la preparación del juicio son “decisiones jurisdiccionales adoptadas en ejercicio de las facultades propias de dirección y ordenación del proceso”. Añadió que esas determinaciones no exhibían, por sí mismas, “aptitud objetiva para fundar el temor de falta de imparcialidad alegado”.
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El máximo tribunal penal del país tuvo en cuenta, además, que el TOF N.º 2 modificó el cronograma este 4 de agosto y eliminó la superposición informada por la propia defensa de Férgola. Para Casación, ese cambio confirmó que la controversia se relacionaba con la organización del proceso y no con una conducta parcial de los magistrados del caso.
De todos modos, indicó que “corresponde al tribunal de origen conciliar los derechos en juego, así como, por supuesto, garantizar el más adecuado ejercicio del derecho de defensa”.
Casación también rechazó la presentación del Colegio de la Abogacía de la Capital Federal, que había intervenido en apoyo institucional de los abogados de Sandro Férgola y pedido que se considerara mal denegado el recurso con el que buscaban revisar el rechazo de la recusación.
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La Sala reconoció la función de la entidad en la defensa de la libertad y la dignidad profesional, pero concluyó que el conflicto no afectaba al ejercicio de la abogacía en general. Según el fallo, se trataba de una controversia circunscripta al cronograma de este juicio y a la actuación de los defensores del exfuncionario.
“Vialidad II”, en rigor, analizará la responsabilidad de funcionarios de segundas y terceras líneas de la Dirección Nacional de Vialidad por presuntas irregularidades administrativas y penales en la tramitación de 27 expedientes de obras públicas viales en Santa Cruz. Férgola se desempeñó primero como gerente de Obras y Servicios Viales y luego como subadministrador del organismo. De acuerdo a la acusación, el exfuncionario tenía funciones de control sobre los trabajos adjudicados a empresas de Lázaro Báez.
Entre los acusados también figuran Martín Báez, Julio Mendoza y Fernando Butti. El expediente constituye una derivación del primer juicio de Vialidad, que concluyó con las condenas de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y otros exfuncionarios.
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Casación resolvió “no hacer lugar a la queja” de la defensa particular de Férgola, le impuso las costas y tuvo presente la reserva del caso federal.