Ratificaron la condena a una ex funcionaria de AFIP que cobraba coimas para eliminar deudas

Mirta Susana Caballero y su hijo, Santiago Emanuel Martín, regularizaban las situaciones fiscales de los deudores a cambio de sumas de dinero

Mirta Susana Caballero cobraba para eliminar deudas impositivas de manera irregular

La decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de rechazar el último recurso presentado por la defensa dejó firme la condena a una ex empleada de la AFIP que cobraba coimas a contribuyentes a cambio de regularizar situaciones fiscales en San Juan. Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal convalidó la investigación sobre un esquema de cobro de sobornos para eliminar o corregir deudas ante el fisco a través de maniobras concertadas entre una funcionaria y su hijo, ambos hoy inhabilitados para ejercer cargos públicos.

El caso, que impactó en el área de Servicios al Contribuyente de la agencia local de AFIP, reveló prácticas irregulares extendidas al menos desde 2007 y hasta 2015. La principal condenada es Mirta Susana Caballero, quien, utilizando su cargo como agente de la AFIP en la provincia y aprovechando su contacto directo con titulares del Régimen de Monotributo, ofrecía la regularización de deudas fiscales a personas que, en muchos casos, necesitaban su situación impositiva al día para mantener o acceder a contratos con el Estado Provincial, en particular para tareas como porteros en el Ministerio de Educación. Para concretar la operatoria contaba con la colaboración de su hijo, Santiago Emanuel Martín, quien, si bien no era funcionario en ese momento, asumió un rol activo en algunas gestiones y atenciones a los contribuyentes implicados.

Las maniobras investigadas incluyeron ofrecimientos reiterados a monotributistas para corregir o poner al día su situación con la AFIP a cambio de sumas de dinero. En el expediente judicial, una de las víctimas relató que durante varios años acudió a Caballero para tramitar la documentación necesaria para renovar su vínculo laboral.

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Otra contribuyente contó cómo, tras la baja de su monotributo por falta de pago, fue atendida por Caballero, quien le facilitó un número de teléfono y la dirección de su domicilio particular para coordinar el encuentro. Relató que al acudir a la vivienda, no solo fue recibida por la acusada, sino que encontró a otras personas esperando ser atendidas para trámites similares; en otra oportunidad, fue el propio Martín quien la asistió porque su madre no estaba presente.

Durante el juicio, una funcionaria de AFIP aportó que “le había llegado de parte de algunos compañeros de trabajo que la Sra. Caballero atendía a personas por trámites que no le fueron asignados en relación al trabajo que ella debía hacer” y que varios contribuyentes buscaban especialmente a Caballero porque “les hacía el trámite”. Estas irregularidades, detectadas a partir de declaraciones de víctimas y compañeros, evidenciaron un patrón de aprovechamiento del cargo público con el fin de obtener réditos personales, en un período en el que la necesidad de regularidad fiscal era crucial para aspirar a ciertos contratos provinciales.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan, después de analizar la prueba reunida, condenó a Caballero a un año y seis meses de prisión en suspenso y le impuso la inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública, mientras que a Martín le dictó un año de prisión en suspenso. Los fundamentos de la sentencia señalan la gravedad de los hechos al afectar la confianza en la administración tributaria y la transparencia institucional, además del perjuicio directo sobre contribuyentes comunes.

La defensa intentó recurrir el fallo ante la Corte Suprema de Justicia, pero los jueces rechazaron la presentación por extemporánea, de modo que las condenas y sanciones quedaron firmes. El tribunal supremo sostuvo la competencia de las instancias previas y cerró definitivamente la discusión sobre este caso, marcando un precedente importante respecto de la sanción de irregularidades en entes fiscales estatales.

El fallo refuerza la necesidad de controles internos robustos y mecanismos efectivos de denuncia en la administración tributaria. También pone en foco la responsabilidad de los empleados públicos ante eventuales conductas irregulares, el rol activo de los organismos de control y la importancia de que los contribuyentes cuenten con canales institucionales claros y seguros para el trámite de obligaciones impositivas.

La firmeza de la condena judicial y la inhabilitación perpetua aspiran a reconstruir la confianza social en los organismos fiscales y asegurar que episodios de corrupción no se repitan en la gestión pública nacional.

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