La SAT de Guatemala activó este 12 de agosto la prórroga del impuesto de circulación y dio hasta el último día hábil de diciembre de 2026 para pagar sin multas, moras ni intereses a los propietarios de 1,16 millones de vehículos que seguían pendientes, una medida que busca dar margen ante el alza de los combustibles y de la canasta básica.
De acuerdo con los datos actualizados al 11 de agosto por la Superintendencia de Administración Tributaria, el parque vehicular activo asciende a 6.697.056 unidades. De ese total, 5,54 millones de propietarios, equivalentes al 83%, ya pagaron, mientras el 17% restante mantiene la obligación pendiente.
La ley temporal quedó contenida en el Decreto 19-2026 y fue publicada en el Diario de Centro América. Su entrada en vigor exoneró los recargos generados entre el 1 de agosto, un día después del vencimiento ordinario del 31 de julio, y el 12 de agosto, fecha de promulgación.
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La recaudación llegó a Q1.314,61 millones y aún falta cerrar una brecha de Q180 millones
La SAT informó que la recaudación acumulada por el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres alcanzó Q1.314,61 millones, un 88% de la meta anual de Q1.495,13 millones fijada para el ejercicio fiscal 2026. La diferencia pendiente ronda los Q180 millones y dependerá del ritmo de pago de quienes todavía no regularizan su situación.
El universo vehicular se distribuye entre 3.416.993 motocicletas, 2.849.720 vehículos particulares y 430.343 de uso comercial. En una actualización previa, correspondiente al 3 de agosto, la SAT había reportado 5,37 millones de vehículos con el impuesto pagado, equivalentes al 81%, y 1,40 millones en mora, un 19% del total.
El superintendente de Administración Tributaria Werner Ovalle agradeció en su cuenta de X a los propietarios que ya cumplieron con el tributo. También sostuvo que los sistemas de la entidad están en funcionamiento y ya aplican la ampliación del plazo para los contribuyentes pendientes.
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La prórroga responde de forma directa a quienes no pagaron dentro del plazo original. Esos propietarios podrán regularizar el tributo durante los meses restantes del año sin que se les cobren las penalidades acumuladas en el período cubierto por la ley; después de esa fecha volverán a regir los recargos previstos en la legislación ordinaria.
El Congreso aprobó la ley en un solo debate y Tránsito suspenderá la verificación del pago
El Congreso de la República aprobó la medida de urgencia nacional el 29 de julio, en un solo debate, con 130 votos a favor, tres en contra y 27 ausencias. El decreto fue firmado por el presidente Bernardo Arévalo, el ministro de Finanzas Públicas Jonathan Menkos y el secretario general de la Presidencia Juan Gerardo Guerrero.
Según lo expuesto por los legisladores, la ampliación se justificó por el deterioro del poder adquisitivo de la población frente al aumento de los combustibles y de la canasta básica. Los diputados también mencionaron el período de aguinaldo como una ventana de liquidez para que muchos hogares puedan cumplir con el pago más adelante en el año.
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Para completar el trámite, los propietarios deben ingresar al portal de la SAT, verificar el monto correspondiente a su vehículo y efectuar el pago. Una vez acreditado, podrán actualizar la tarjeta de circulación, el documento que certifica el cumplimiento anual de esta obligación fiscal.
La vigencia de la prórroga también cambia los controles en la vía pública. El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil no verificará el pago del impuesto durante sus operativos ni impondrá sanciones por ese incumplimiento mientras la ley temporal siga vigente, y la Policía Municipal de Tránsito anunció que no realizará operativos relacionados con esa verificación hasta 2027.
La SAT precisó además que las tarjetas de circulación y calcomanías correspondientes a 2025 mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2026. La obligación de portar licencia de conducir, tarjeta de circulación y calcomanía vigente se mantiene para todos los conductores.
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