
El Juzgado de Instrucción Número 34 de Madrid ha rechazado la querella que presentó Vox contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, al no ver indicios de delito respecto al 'software' que patentó en el marco del máster de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigía. En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Coro Monreal llega a la conclusión de que "los hechos denunciados no revisten los caracteres de delito" y señala que el relato de Vox "se basa en meras sospechas y conjeturas, que no en indicios sólidos de la comisión del delito referido". Vox se querelló por un presunto delito de tráfico de influencias, al sostener que Gómez habría aprovechado "su estatus personal de esposa del presidente del Gobierno y su condición privilegiada en la UCM" para desarrollar un programa para empresas "a través de recursos de naturaleza pública" y "cuando las empresas Telefónica, Google e Indra, esta última participada en un 28% por la SEPI, declinaron la continuación del proyecto software de la querellada". Según el partido de Santiago Abascal, una vez conseguido el correspondiente registro de la patente, Gómez "utilizó el canal de contratación de la UCM para lograr la financiación restante para la finalización de dicho aplicativo". La magistrada indica en el auto de inadmisión de la querella que "ninguna influencia consta que haya podido ejercer" Gómez en un funcionario ni sobre los miembros de la mesa de contratación. Además, menciona que Vox imputaba a Gomez haber redactado "tal pliego, a pesar de no tener la cualificación técnica necesaria, sin especificar qué cualificación técnica sea precisa". La juez recuerda, en este sentido, que Gómez comenzó su relación con la Complutense como codirectora de estudios de formación continua de técnico de Fundraising durante los cursos 2012/1013 y 2013/2014, y que desempeña la codirección de un programa máster de la misma universidad, al margen del máster litigioso. "De donde cabe presumirle cierta experiencia profesional desarrollada en la propia UCM, antes incluso de que su esposo fuera presidente del Gobierno de la Nación, relación de parentesco que, por si sola, no justificaría la existencia de prevalimiento conforme a la doctrina jurisprudencial citada", concluye.
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