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Rachid Mohamed, abogado: “Los agentes policiales que presencian una agresión injustificada a una persona detenida y no actúan pueden responder penalmente”

Las protestas en Madrid y A Coruña derivaron en cargas policiales y uso de material antidisturbios, lo que reabrió el debate sobre el derecho a manifestarse y los límites de la actuación policial

El abogado Rachid Mohamed expone la doctrina legal sobre la omisión de los agentes frente a la imagen de una intervención de la Policía violencia policial

El abogado Rachid Mohamed sostiene que la pasividad de los agentes ante una agresión injustificada contra una persona detenida puede tener consecuencias penales. Su análisis parte de un vídeo difundido en Valencia hace un año en el que, según explica, un policía agrede a una mujer ya esposada mientras otros efectivos permanecen en el lugar sin intervenir. “Cuando un agente agrede a una persona que está detenida, todos miramos al que pega. Pero ¿y los que estaban allí mirando y no hicieron nada?”, plantea en el vídeo publicado en TikTok.

El letrado explica que el agente que aparece en las imágenes realizando la agresión ya ha sido detenido. Su reflexión se centra en la posible responsabilidad de los compañeros presentes. “No solo responde quien golpea, sino también quien puede impedirlo y no lo hace”, señala. Mohamed basa su explicación en la posición de garante, una figura que implica un deber legal de protección o de evitar un daño. A su juicio, esa obligación alcanza a los agentes que custodian a una persona detenida.

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Durante el intento de desahucio de Maricarmen se han vivido momentos de tensión por las cargas policiales contra los vecinos y activistas que se encuentran apoyando en la zona. (Vídeos del Sindicato de Inquilinas)

“Si tienes posición de garante, tienes el deber legal de actuar”, afirma. Para el abogado, no bastaría con “decir ‘ya está’ o mirar para otro lado” si los agentes presentes disponen de medios y tienen la obligación funcional de detener una actuación injustificada. Mohamed atribuye al Tribunal Supremo una doctrina que contempla responsabilidad penal para los policías que presencian agresiones contra detenidos y permanecen pasivos.

El letrado asegura que el alto tribunal ha confirmado condenas contra policías que no golpearon a las víctimas, pero permitieron que otros compañeros lo hicieran. “Un agente que presencia una agresión injustificada a una persona detenida y permanece pasivo puede responder penalmente por un delito contra la integridad moral”, sostiene. “El uniforme no protege al que abusa, pero tampoco al que calla cuando puede evitarlo”, concluye Mohamed.

Carga policia en la plaza de María Pita, en A Coruña, en las manifestaciones contra Vox.

Aumento de cargas policiales en España

Las últimas semanas han registrado un visible incremento en la conflictividad social y la contundencia de las respuestas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en España. Diversas concentraciones ciudadanas en distintos puntos de la geografía nacional han derivado en episodios de violencia, con uso de material antidisturbios y cargas Policiales frente a colectivos manifestantes.

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En Madrid, las jornadas de movilización en defensa de la educación pública concluyeron con intervención de la Policía Nacional, que recurrió al lanzamiento de pelotas de goma para disolver a los manifestantes durante un acto institucional de la presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso. Unos hechos que ya están bajo investigación por parte de la Delegación del Gobierno ante la controversia generada por el uso de la fuerza frente al colectivo docente en huelga. En paralelo, A Coruña ha escenificado enfrentamientos similares durante movilizaciones “contra el fascismo y la violencia policial”, donde los agentes volvieron a efectuar cargas en los alrededores del acto de Santiago Abascal en la plaza de María Pita. El repunte de la tensión reabre así el debate político y social sobre los límites del derecho a la protesta y la actuación policial.

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