
El Juzgado del Tribunal de Instancia de Arrecife (Lanzarote) ha declarado la falta de jurisdicción de los tribunales españoles para investigar una agresión sexual denunciada a bordo de una embarcación neumática con destino a las islas Canarias. El auto, al que ha tenido acceso Infobae y está firmado por la magistrada Mercedes Gutiérrez Suárez, decreta el archivo de las actuaciones en España y dispone la remisión de todo el expediente a las autoridades de Marruecos, Mali, Burkina Faso y Guinea para que puedan valorar el inicio de acciones penales.
Los hechos se remontan a la travesía iniciada a mediados de septiembre desde las costas de Agadir (Marruecos). Según la denuncia presentada por la víctima —una mujer natural de Guinea— tras desembarcar en Arrecife, los abusos y actos de violencia sexual fueron cometidos por otros ocupantes de la barcaza durante el segundo y tercer día de navegación.
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La investigación policial posterior permitió identificar como investigados a tres varones: dos de ellos de nacionalidad maliense y uno procedente de Burkina Faso. Aunque el juzgado acordó inicialmente su ingreso en prisión provisional el 19 de septiembre, la Fiscalía ha solicitado su puesta en libertad tras verificar la falta de competencia de la jurisdicción española, ejecutándose su liberación el 24 de septiembre.

Sin competencia territorial ni extraterritorial
Mercedes Gutiérrez explica que el artículo 23.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) limita la competencia territorial española a los delitos cometidos en territorio nacional, en mar territorial (hasta las 12 millas náuticas) o a bordo de buques con pabellón español. Al haber ocurrido los hechos en alta mar y en una lancha sin bandera, la jurisdicción territorial queda descartada.
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Asimismo, la resolución descarta la aplicación de la jurisdicción extraterritorial a través del Convenio de Estambul sobre violencia contra la mujer. El artículo 23.4.l de la LOPJ exige que, para perseguir estos delitos en el extranjero, los investigados o la víctima deben poseer nacionalidad española o residencia habitual en España en el momento en que se cometieron los hechos. Puesto que ninguno de los investigados ni la denunciante contaban con dicha vinculación, la jueza ha concluido que la llegada posterior a Canarias no otorga competencia a los tribunales españoles.
Pese a ello, el auto subraya que la falta de jurisdicción no debe impedir que los hechos sean investigados por los Estados que dispongan de título para ello. Por esta razón, la magistrada acuerda deducir testimonio íntegro de la causa —incluyendo la denuncia, las declaraciones, las diligencias de identificación y los informes médicos y periciales— para su traslado a través del Ministerio de Justicia.
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En primer lugar, el testimonio se remitirá a Marruecos al amparo de los artículos 17 y 23 del convenio bilateral de asistencia judicial en materia penal, por ser el punto de partida de la embarcación y el lugar presunto de los hechos. De forma paralela, se interesa al Ministerio de Justicia y al Ministerio de Asuntos Exteriores que tramiten la comunicación a las autoridades de la República de Mali y la República de Burkina Faso (países de origen de los investigados), así como a la República de Guinea (país de origen de la víctima).
La realidad de la trata y la violencia sexual en los cayucos
Este fallo judicial saca a la luz la extrema vulnerabilidad que afrontan las personas migrantes en las rutas marítimas hacia España. Según el informe de Cruz Roja Española correspondiente al primer semestre de 2026, la organización atendió en España a 1.339 personas en situaciones de trata y explotación. El 82 % de las personas atendidas eran mujeres y el 93 % de las víctimas de trata o explotación sexual eran migrantes. Además, un 76 % del total presentaba indicadores compatibles con trata de personas.
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Esto tiene un grave contraste con el propio motivo de huida de estas mujeres: la mutilación genital femenina, el deseo de escapar de situaciones de violencia doméstica o de ser obligadas a contraer matrimonios forzados, como señala el informe CEAR de 2026. Además, los datos recogidos indican que las principales nacionalidades de las mujeres afectadas por este tipo de violencias son Somalia, Guinea y Argelia.
La consolidación de las rutas marítimas más largas e indirectas para llegar a territorio español desde el continente africano (como la ruta balear) alarga los viajes desde 6 meses hasta más de un año o dos, lo que a su vez aumenta la vulnerabilidad de las mujeres durante el itinerario por vía terrestre y marítima. El impacto acumulado por estas agresiones (sexuales, extorsiones, torturas y encarcelamientos) hace que las mujeres lleguen a las costas españolas con un grave deterioro físico y mental y requieran una intervención especializada y con perspectiva de género dentro del sistema de acogida.
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