El permiso retribuido de cinco días por hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar no finaliza automáticamente con el alta hospitalaria. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo en una sentencia firme en la que ratifica el fallo previo de la Audiencia Nacional y corrige la interpretación restrictiva que aplicaban varias empresas.
El origen del litigio se encuentra en la demanda presentada por CCOO de Industria contra Campofrío Food Group y Carnes Selectas 2000. Posteriormente, UGT FICA se adhirió a la reclamación. Los sindicatos denunciaban que las compañías estaban limitando el permiso únicamente al periodo de hospitalización, dejando sin efecto los días restantes una vez que el paciente recibía el alta médica.
La resolución del Supremo establece que el permiso de cinco días retribuidos puede disfrutarse en su totalidad siempre que continúe el reposo domiciliario del familiar, aunque ya no esté hospitalizado.
Utilizar los cinco días del permiso
El alto tribunal recuerda que el Estatuto de los Trabajadores no solo contempla los supuestos de hospitalización, sino también “los supuestos sin hospitalización que precisen reposo domiciliario”.
En consecuencia, si tras una intervención quirúrgica, accidente o enfermedad grave el familiar necesita cuidados en casa, la persona trabajadora puede utilizar todos los días de permiso reconocidos por la normativa laboral.
La sentencia subraya que lo determinante no es la duración de la estancia hospitalaria, sino la necesidad de atención y cuidado.
Una sentencia que afecta a todas las empresas
Aunque el conflicto surgió en el ámbito de Campofrío y Carnes Selectas 2000, el fallo va mucho más allá. Al ser confirmado por el Tribunal Supremo, genera jurisprudencia y, por tanto, su interpretación debe aplicarse de forma generalizada.
Desde CCOO de Industria advierten de que todas las empresas deben tomar nota y adaptar de inmediato sus criterios internos. El sindicato recalca que el derecho no puede condicionarse a una lectura restrictiva que vacíe de contenido el permiso.
En la práctica, la sentencia obliga a revisar políticas laborales que hasta ahora entendían que el permiso concluía automáticamente con el alta hospitalaria, incluso cuando el paciente seguía necesitando cuidados en el domicilio.
¿A quién se aplica este permiso?
El Estatuto de los Trabajadores establece que el permiso puede solicitarse cuando la persona afectada sea el cónyuge o la pareja de hecho, sean parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, como padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos y suegros, entre otros, y familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
El permiso también se aplica a cualquier persona que conviva en el mismo domicilio y requiera cuidado efectivo. Además, el derecho se activa tanto en casos de hospitalización como en intervenciones quirúrgicas sin ingreso que requieran reposo domiciliario.
Esto implica que una operación ambulatoria con prescripción de reposo también puede justificar el permiso completo, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Más protección para el cuidado familiar
La decisión del Supremo refuerza la finalidad del permiso: permitir que las personas trabajadoras puedan atender a familiares o convivientes en situaciones de especial necesidad sin perder salario.
El tribunal deja claro que limitar el permiso al periodo estricto de hospitalización desnaturaliza su propósito, ya que en muchos casos la fase más delicada del cuidado comienza precisamente tras el alta médica.
Con esta sentencia firme, se consolida una interpretación más amplia y garantista del derecho laboral. A partir de ahora, las empresas no podrán negar los días restantes si el familiar continúa en reposo domiciliario. En este sentido, la resolución marca un antes y un después en la aplicación práctica de uno de los permisos retribuidos más utilizados y refuerza la seguridad jurídica de miles de trabajadores que deben conciliar empleo y cuidados familiares.