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El Tribunal Supremo impone la pena de prisión permanente revisable al asesino de Marta Calvo

La Audiencia Provincial de Valencia le había impuesto una sola pena para los tres asesinatos consumados

Jorge Ignacio Palma en el juicio por el asesinato de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela (Europa Press)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a una pena de prisión permanente revisable al autor de la muerte de Marta Calvo y ha elevado a 140.000 euros la indemnización que debe pagar a sus padres en concepto de responsabilidad civil por el asesinato de su hija. También ha confirmado una pena de 137 años de prisión por la muerte de otras dos mujeres y el intento de otras seis durante encuentros sexuales con consumo de cocaína entre junio de 2018 y noviembre de 2019.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso de las acusaciones particulares contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que, al igual que un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de esa ciudad, impuso una sola pena para los tres asesinatos consumados y no aplicó la pena de prisión permanente revisable que solicitaron las acusaciones por el asesinato de Marta Calvo, que era el tercero cometido.

Asesino en serie

La Sala, sin embargo, considera que cabe imponer esta pena máxima de prisión por un tercer crimen a los “asesinos en serie” que en un mismo proceso, juicio y sentencia tengan dos condenas previas por asesinato, como ocurre en este caso. El tribunal concluye que se dan los requisitos del artículo 140.2 del Código Penal que prevé la imposición de la citada pena al “reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas”: un crimen más dos anteriores.

Bajo esta argumentación, el Tribunal Supremo ha impuesto esta pena por el asesinato de Marta Calvo, que fue el tercero, por entender que no se exige la existencia de condenas firmes previas al crimen cometido. Los magistrados señalan que “se puede aplicar la prisión permanente revisable en la misma sentencia en la que se trata el “enjuiciamiento conjunto” de los crímenes cometidos, con ello, es el caso de los criminales “en serie”.

“Hay que tener en cuenta que tanto los asesinatos en serie cuando es descubierto el autor por uno de ellos y se enlaza la investigación, como en este caso ha ocurrido, y los asesinatos múltiples cometidos al mismo tiempo se juzgan en unidad de acto por todos los crímenes perpetrados. Ahí es donde hay que enlazar el art. 140.2 CP con las condenas para ‘hilar’ el tercer crimen con otros dos cometidos, ya en serie ya en la vía de “crímenes múltiples”, explica la sentencia.

Por ello, el Supremo relata que “en el caso analizado se trata, como se cita por la criminología, el supuesto del “depredador letal” al cometer los hechos en serie con la presencia de la “compulsión por matar”. Mató a tres mujeres y estuvo a punto de hacerlo con otras seis con el método que empleó.”

Añade que “tenemos que decir que cuando el legislador del año 2015 introdujo la pena de prisión permanente revisable en el artículo 140.2 CP, indudablemente que estaría pensando en supuestos como el aquí contemplado, que es de una gravedad absoluta con desprecio absoluto a la vida de las víctimas, y sin importarle cuál sería la consecuencia de sus actos, al punto de que en el caso de Marta Calvo la descuartizó tras haberla asesinado”.

Pero es que, además, ya era consciente de lo que podía ocurrirle a Marta porque fue la última de las víctimas, y antes que ella ya había matado a dos personas más, y estuvo a punto de hacerlo con otras seis, con lo cual era plenamente consciente de las consecuencias de su proceder y de lo que de ello se iba a derivar, sin importarle para nada la vida de Marta, como tampoco le importó la de las anteriores víctimas por los hechos que iba cometiendo.

Los tres asesinatos

El autor de estos crímenes fue enjuiciado en 2022 por los asesinatos de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela, estas dos últimas prostitutas. Durante quince meses utilizó el mismo modus operandi en el que contrataba los servicios de la víctima, y durante las relaciones sexuales, les introducía sin su consentimiento cocaína de gran pureza por vía vaginal y anal, provocando una rápida sobredosis con convulsiones que les llevó a la muerte. En el caso de Calvo quedaron a través de una app de citas.

El informe pericial criminológico expuso su condición de asesino en serie, que actuaba conociendo la peligrosidad de su acción, buscando placer sádico en la contemplación de la agonía de la víctima.

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