Sindicatos denuncian la diferencia en la edad de jubilación de la mitad de docentes de la escuela pública

En esta concentración que ha tenido lugar este martes, han demandado la jubilación anticipada a los 60 años para la mitad del profesorado de la escuela pública que, actualmente, no la tiene y que tendrá que trabajar hasta alcanzar los 67 años de edad

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Varios niños en el patio en un colegio en Madrid. (Marta Fernández/Europa Press)
Varios niños en el patio en un colegio en Madrid. (Marta Fernández/Europa Press)

La Confederación de Sindicatos de Trabajadores de la Enseñanza Intersindical (STEs-i) se ha concentrado frente al Ministerio de Trabajo para denunciar la diferencia en la edad de jubilación de la mitad de docentes de la escuela pública habiendo realizado “exactamente el mismo trabajo” que los compañeros que aprobaron las oposiciones antes del año 2011.

En esta concentración que ha tenido lugar este martes, han demandado la jubilación anticipada a los 60 años para la mitad del profesorado de la escuela pública que, actualmente, no la tiene y que tendrá que trabajar hasta alcanzar los 67 años de edad.

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En un comunicado, la confederación ha explicado que los docentes se encuentran divididos en dos grupos: el régimen Especial de Clases Pasivas, al que pertenecen aquellos quienes accedieron a la función pública antes de 2011; y el régimen de Seguridad Social, formado por el resto de funcionariado y todas las personas interinas.

Esta división se enmarca en la aprobación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, en concreto del artículo 20 y de su disposición transitoria cuarta.

Según se recoge en el comunicado, para los docente del régimen Clases Pasivas, para tener derecho a una pensión del 100% de haber regulador, es necesario tener 35 años cotizados en el grupo A2 y 32 en el grupo A1. Además, aclaran que cuando se aplica el cómputo recíproco es importante tener presente posibles reducciones en el porcentaje de la pensión, aunque se hayan alcanzado los años cotizados debido a posibles cotizaciones en grupos inferiores.

Por otra parte, los docentes que pertenecen al régimen de Seguridad Social que accedan a la jubilación en 2024 o bien en uno de los dos años siguientes (es decir, 2025 y 2026), serán necesarios 36 años y 6 meses o más cotizados para tener derecho a percibir el 100% de la base reguladora, han aclarado en el informe. Asimismo, han apuntillado que a partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder a una pensión del 100%.

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En cuanto a la jubilación anticipada la conferencia ha explicado que en Clases Pasivas, la edad mínima de jubilación anticipada es a los 60 años con 30 años de servicios prestados, o cotizados si se aplica el cómputo recíproco, mientras que en la Seguridad Social se contemplan muchas complicaciones ya que es posible jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta dos años (24 meses) antes de la edad legal ordinaria.

Asimismo, ha aclarado que a partir de 2027 la edad mínima de jubilación anticipada es de 65 años con 38 años y 6 meses cumplidos; en caso de tener cotizados menos de 38 años y 6 meses, anticipar la jubilación supondrá una reducción en la pensión de entre el 21% (24 meses antes) y el 3,26% (1 mes antes). Con más de 38 años cotizados y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses de anticipo) y la mínima del 11% (1 mes). Si se tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, y menos de 44 años y 6 meses, el coeficiente reductor para los que se jubilan 24 meses antes será del 17%. Si se jubilan un mes antes, la reducción será del 2,96%. Finalmente, quienes tengan más de 44 años y 6 meses cotizados tendrán una reducción del 13% en caso de jubilarse dos años antes y del 2,81% en caso de hacerlo un mes antes.

Aclarado esto, las reivindicaciones de los docentes se enmarcan bajo el lema ‘igual trabajo misma jubilación y pensión’ y exigen eliminar las discriminaciones. Por último, según han aclarado en el comunicado, exigen a la administración central, un régimen de jubilación para el personal docente que ofrezca la jubilación forzosa a los 65 años y la posibilidad de solicitar jubilación voluntaria desde los 60 años con 30 años cotizados sin penalizaciones, además de un mismo modelo de cálculo de la pensión.

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