Un juzgado anula la incapacidad permanente a un trabajador que había sufrido una accidente

El hombre percibía una pensión vitalicia de más de 3.000 euros mensuales e intentó que ascendiese a los 5.000 euros

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Imagen del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)
Imagen del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)

Un juzgado de lo Social de San Sebastián ha anulado el expediente administrativo que reconoció a un trabajador accidentado la incapacidad permanente, después de que un detective privado descubriese que estaba simulando su enfermedad. El grado de invalidez de otorgaba una pensión de más de 3.000 euros al mes. El tribunal considera que “ha fingido unos padecimientos que realmente no tiene”.

Según recoge la sentencia del caso, difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el operario, identificado como Roberto, sufrió un accidente laboral tras caerse de una mesa. El Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció una situación de invalidez permanente absoluta y el derecho a recibir una “pensión vitalicia del 100 % de la base reguladora de 2.428,74 euros, doce veces al año”.

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El accidente ocurrió el 22 de diciembre de 2021: Roberto cayó de una altura de 80 centímetros mientras colocaba una cinta de carrocero en una junta de piezas de gran tamaño. El hombre se golpeó el hombro derecho y la cabeza, por lo que pasó a una situación de incapacidad temporal con cargo a la contingencia de accidente de trabajo. Posteriormente, la Seguridad Social le reconocería un grado de minusvalía del 96 % con una limitación de movilidad del 78 %, lo que le dio una pensión de 2.428,74 euros mensuales. Derivada de esta situación, la Diputación de Gipuzkoa concedió además a su esposa una prestación económica de 338 euros para cuidarlo, además de diversas ayudas para la adquisición de distintos productos. En total, Roberto consiguió unas prestaciones que sumaban más de 3.000 euros. Además, recurrió para intentar conseguir que en conjunto llegaran hasta los 5.000 euros.

Las valoraciones médicas no registraban ninguna lesión

A pesar del reconocimiento de la Seguridad Social, los exámenes médicos posteriores al accidente registran que “el actor no se produjo ninguna lesión reseñable, ni en el hombro derecho ni en la cabeza”. “Todos los informes médicos incorporados a los autos ponen de manifiesto la nula colaboración del actor, y las interferencias de su esposa en las exploraciones que han intentado los diversos equipos médicos que han intentado tratar al actor, hacerle exploraciones o algún tipo de prueba médica que pudiera detectar si sufre algún tipo de lesión cerebral”, explica la sentencia.

Roberto se negó en repetidas ocasiones a recibir “cualquier tipo de tratamiento”, así como las pruebas que determinarían la naturaleza de su supuesta disfunción cerebral. “Han llegado a un diagnóstico únicamente en base a una observación” sin realizar ninguna exploración, explican los jueces. Ante esta situación la empresa contrató los servicios de una agencia de investigación para comprobar cuál era el verdadero estado del trabajador. El detective privado encargado del caso comprobó que Roberto era capaz de caminar con “un paso ágil” y era capaz de dar paseos largos “de más de dos kilómetros seguidos”. Su esposa, que paseaba a su lado, no le ayudaba en la tarea, sino que iba “cogida de su brazo y siguiendo su paso”.

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Además, el detective vio que elegía una zona “aislada” para dar sus paseos y descubrió que al hablar con su mujer “sonreía en algún momento”, lo que puso de manifiesto que “conserva una capacidad de comunicación con terceros” y con ello “sus capacidades intelectuales superiores”, dado que la comunicación “exige comprensión, razonamiento y capacidad de respuesta”.

Esta situación contrastó además con la que el operario mostró durante el juicio por estos hechos celebrado el pasado 18 de enero y que ha llevado ahora al juzgado a considerar que, “desde el primer momento”, el hombre “ha simulado una enfermedad que no tenía” con el fin de “acceder a unas prestaciones sociales que además han llegado incluso a su esposa y a las que en otro caso no tendría derecho por no reunir los requisitos necesarios”. Por ello, se ha anulado la invalidez “que no se corresponde con su estado de salud real”. La resolución dará traslado de la situación a la Fiscalía por si constituyese “algún ilícito penal”.

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