Qué dice ley en España sobre llevar la túnica abaya en los colegios después de que Francia la haya prohibido

La libertad religiosa es un derecho fundamental en territorio español, pero esto no significa que no puedan realizarse prohibiciones al respecto

Un colegio en Montpellier, en Francia. (Europa Press)

Francia ha prohibido el acceso a las escuelas con abaya, una túnica que cubre todo el cuerpo salvo la cabeza, por considerar que se trata de una prenda con connotaciones religiosas. “Cuando entras en una clase, no debes poder identificar la religión de los alumnos por su apariencia. He decidido que la abaya no se pueda usar más en los colegios”, afirmaba el ministro de educación Gabriel Attal. “El secularismo supone la libertad de emanciparse y de autodeterminarse a través del colegio”, añadía. Para Attal, esta prenda constituye un símbolo o gesto de resistencia contra el “santuario de secularidad” que debe constituir la escuela.

En 2010, Francia ya prohibió llevar toda la cara cubierta en público. La comunidad musulmana francesa protestó por esta medida, pero salió adelante. En las últimas décadas, ha prohibido estrictamente cualquier símbolo con connotaciones religiosas en los centros educativos, lo que incluye cruces cristianas, burkas o velos musulmanes y la kippa (el sombrero judío). El debate en torno a esta cuestión creció tras el asesinato en 2020 del profesor Samuel Paty, que fue atacado por mostrar en clase unas caricaturas de Mahoma.

De esta forma, se reabre un debate entre derechos y libertades de los ciudadanos, que ya se ha producido en múltiples ocasiones en los últimos años y que genera cierta polémica e incluso tensión entre determinados sectores de la comunidad musulmana.

Read more!

Te puede interesar: El PP plantea otra reunión con el PSOE para buscar un “encaje” al problema catalán tras constatar su falta de apoyos para una investidura

¿Puede prohibirse la abaya en España ?

En España, la libertad religiosa es un derecho fundamental reforzado por un sistema que garantiza la libertad del individuo y que prohíbe la discriminación en cualquiera de sus formas, según explican en la plataforma Economist y Jurist, que hacen hincapié en el artículo 16 de la Constitución Española, que garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto sin más limitaciones más que las necesarias para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

El artículo 16 encuentra su regulación en la Ley de Libertad Religiosa, que establece, entre otras cuestiones el derecho de toda persona a “recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento; elegir para sí, y para los menores no emancipados e incapacitados, bajo su dependencia, dentro y fuera del ámbito escolar, la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Desde el portal Economist y Jurist, señalan que en Francia, no se puede llevar a clase ningún símbolo de carácter religioso. Sin embargo, en España, “hoy por hoy nadie prohibiría un colgante con una cruz, pero sí un burka o un niqab”, aseguran.

En Cataluña, donde se prometió una normativa autonómica que armonizara la regulación de esta cuestión, 17 municipios prohibieron en diferentes ordenanzas el velo integral, el burka, en los espacios públicos. Sin embargo, en 2014, un año después el diario El País, publicaba que no se impuso una sola multa por este motivo. Los regidores aseguraban que no había sido necesario hacer uso de las ordenanzas. Aún así, el Defensor del Pueblo avaló que los centros educativos impongan normas de vestimenta a su alumnado a raíz de la polémica generada en 2019 por la prohibición de llevar hiyab a una alumna de un centro público de esa comunidad.

Read more!