¿Cuándo se cobra el ATP? La Anses comunicó a los beneficiarios la fecha en que se deposita el complemento del salario

En el sistema del organismo ya se puede consultar la fecha en que se acreditará el dinero

La última edición del programa ATP pagó parte de los sueldos a 1,76 millón de trabajadores de empresas privadas

El sistema de la Anses informó a los empleados de empresas privadas que solicitaron adherir al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) el momento en el que se depositará el complemento del salario de octubre con el que el Estado ayuda a las firmas a cubrir sus costos laborales en medio de la caída de la actividad económica que genera la pandemia de coronavirus Covid-19. En la última edición, 1,76 millón de personas cobraron parte de su salario a través de este plan, como resultado de la inscripción de alrededor de 165.000 empresas.

La fecha de pago que informa el organismo conducido por Fernanda Raverta es el 8 de octubre. Para verificarlo, cada empleado puede ingresar a la página de Anses, hacer click en “Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción” e ingresar su número de CUIT.

El sistema empezó a responder hoy a los usuarios que el depósito en las cuentas bancarias de los empleados estará disponible desde mañana jueves.

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El sistema de Anses ya informa la fecha de pago de esta edición del ATP

“Se aprobó tu pago ATP cobrarás el día 08/10/2020 en tu cuenta bancaria. La diferencia de su haber debe abonar su empleador”, informa el sistema del organismo oficial.

El Programa ATP forma parte de las políticas contracíclicas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. En agosto, señaló la AFIP en un comunicado, más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1,76 millón de trabajadores. De esta forma, el Estado lleva invertidos cerca de $194.000 millones en el Programa ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado.

El programa prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al salario complementario. Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada.

La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%, como fue el mes pasado. Durante julio, primer mes de lanzamiento de estos créditos, las tasas eran diferenciadas y variaban desde 0 al 15 por ciento, de acuerdo al nivel de mejora percibida por la empresa.

La inscripción para los empleadores que requieren la asistencia del Estado para el pago de los salarios de septiembre finalizó la semana pasada. Se realizó a través de la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) entre los días 28 de septiembre y 2 de octubre.

Para este pago, la quinta edición del programa -ATP 5- se introdujeron varios cambios. La principal modificación fue que se sumaron algunos sectores a la lista de los “críticos” y que para todas estas empresas en peor situación se les incrementó la ayuda.

La elaboración de vinos fue considerada un rubro crítico, por lo que recibirán, si se inscriberon en el ATP, un aporte hasta 2 salarios mínimos por trabajador

Con el objetivo de sostener el empleo y el capital organizacional de las empresas en sectores críticos, se incrementó el actual piso de 1 salario mínimo, vital y móvil a 1,25 y se sumaron a este listado los siguientes rubros:

- Elaboración de vinos;

- Fabricación de accesorios y confección de prendas de vestir de cuero; terminación y teñido de pieles; venta al por menor de prenda de cuero y de artículos de talabartería y regionales. También artículos de marroquinería, paraguas y similares;

- Servicios de hangares y estacionamiento de aeronaves; servicios para la aeronavegación; servicios complementarios para el transporte aéreo; alquiler de autos sin conductor ni operarios.

Además, el Gobierno incorporó un cambio para el sector de salud. A partir de ahora, se contempla el otorgamiento del beneficio cuando la facturación respecto al período base se haya incrementado hasta un 40% por ciento, según explicó el tributarista Sebastián Domínguez.

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