Dieciséis años después de la muerte de Luis Andrés Colmenares, la justicia dejó establecido que el estudiante de la Universidad de los Andes murió por asfixia por inmersión en el caño El Virrey, en el norte de Bogotá.
Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia no logró determinar si las fracturas que tenía en el rostro y el cráneo fueron producto de una caída, de una agresión previa o de ambas circunstancias.
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El aniversario del 31 de octubre de 2026 es el primero desde el cierre definitivo del proceso.
En abril, la Sala de Casación Penal dejó en firme la absolución de Laura Milena Moreno Ramírez, procesada por homicidio agravado, y mantuvo la prescripción de la acción penal a favor de Jessy Mercedes Quintero Moreno.
“16 años sin ti Luis Andrés… Y no me acostumbro a caminar la vida con tu ausencia”, escribió su padre, Luis Alonso Colmenares Rodríguez, en su cuenta de X.
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La Corte concluyó que Colmenares aspiró agua mientras estaba vivo
En la sentencia SP189-2026, del 15 de abril de 2026, la Corte estableció que la causa de muerte fue asfixia por inmersión.
Los magistrados sustentaron esa conclusión en el hallazgo de líquido turbio en las vías respiratorias y el estómago, la presencia de un hongo en una de las fosas nasales y el estado de la piel de las manos, compatible con una exposición prolongada al agua.
El fallo indicó que a la muerte por inmersión se sumaron las lesiones faciales y el estado de embriaguez del joven, quien había asistido a una celebración de Halloween.
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La Sala consideró que las conclusiones de los peritos de la familia, que respaldaban una hipótesis de homicidio, eran razonables, y consideró plausibles los análisis de expertos de la defensa, que atribuyeron las lesiones a una caída.
Por eso, la Corte concluyó que existía una “duda insalvable” sobre el origen de las fracturas.
La sentencia señaló que no fue posible demostrar que terceras personas causaron esas lesiones, aunque tampoco descartó de forma absoluta esa posibilidad.
Los magistrados concluyeron que el cuerpo pudo estar en el caño desde la primera búsqueda
Uno de los puntos que se discutió durante el proceso fue por qué los bomberos no encontraron el cuerpo en el primer operativo.
La Corte consideró más probable que Luis Andrés Colmenares ya estuviera en el caño, pero que los rescatistas no lograran verlo.
Según el documento, ninguno de los bomberos atravesó el túnel de concreto donde luego fue hallado el cuerpo.
Durante una inspección judicial, una réplica quedó ubicada en una zona más profunda, distante de los puntos de entrada y fuera del campo de visión de una de las rescatistas que participó en la reconstrucción.
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Los magistrados también descartaron como verosímil que los agresores hubieran trasladado el cuerpo, de casi 80 kilos, hasta ese tramo del caño sin ser vistos. La zona tenía movimiento de personas por la celebración del 31 de octubre y los familiares y amigos ya buscaban al estudiante.
La Corte cuestionó la actuación de la Fiscalía en la imputación
El fallo señaló errores en la estrategia de la Fiscalía durante el proceso, y esto llevó a que desde la Sala se indicara que la imputación contra Laura Moreno se formuló con falta de claridad, puesto que no definió si la acusada era señalada como partícipe de un homicidio o como testigo que habría ocultado información.
La Corte excluyó una declaración de Moreno porque fue interrogada sin abogado y sin que se le advirtiera de su derecho a no declarar contra sí misma.
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Los magistrados concluyeron que, incluso bajo la hipótesis planteada por la familia, la conducta de Moreno habría podido encajar en encubrimiento.
Ese delito ya estaba prescrito cuando se produjo la decisión de segunda instancia, el 30 de abril de 2021.
Con la absolución en firme de Moreno y la prescripción del proceso contra Jessy Quintero, la investigación quedó cerrada sin una respuesta definitiva sobre cómo se produjeron las lesiones que tenía Luis Andrés Colmenares.
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