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Tribunal de Bogotá confirmó que no se admitió tutela que habían interpuesto en contra de Gustavo Petro y el abogado del expresidente celebró: “El derecho a la libertad de expresión y al debate público”

Alejandro Carranza sostuvo que el caso se originó en respuestas del mandatario a publicaciones de La Silla Vacía sobre asuntos relacionados con el Gobierno Nacional, entre ellos los recursos para una película sobre el almirante José Prudencio Padilla, denuncias sobre un posible fraude electoral, la compra de software para la Registraduría Nacional, el canje de deuda, la educación y Ecopetrol

Gustavo Petro figura junto a una pila de documentos frente a la fachada de los Tribunales de Bogotá y Cundinamarca - crédito (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó el rechazo de una tutela presentada por la Fundación La Silla Vacía, su directora, Juanita León García, y varios periodistas contra el expresidente Gustavo Petro, Rtvc Sistema de Medios Públicos, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y los representantes David Racero y Alfredo Mondragón.

La decisión, adoptada el 9 de septiembre de 2026, concluyó que “no se acreditó que las actuaciones de los accionados constituyeran una campaña de hostigamiento contra los accionantes”. El fallo confirmó en su totalidad la determinación de primera instancia, que había declarado improcedente la acción.

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El abogado de Petro, Alejandro Carranza, celebró la sentencia mediante un mensaje en redes sociales. “La justicia, una vez más, respalda el derecho del presidente Gustavo Petro a la libertad de expresión y al debate público”, afirmó.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó el rechazo de una tutela presentada por la Fundación La Silla Vacía - crédito Tribunal Superior de Bogotá

Carranza sostuvo que el caso se originó en respuestas del mandatario a publicaciones de La Silla Vacía sobre asuntos relacionados con el Gobierno Nacional, entre ellos los recursos para una película sobre el almirante José Prudencio Padilla, denuncias sobre un posible fraude electoral, la compra de software para la Registraduría Nacional, el canje de deuda, la educación y Ecopetrol.

Según el abogado, Petro cuestionó esas publicaciones, pidió al medio “no desinformar” y puso en duda su independencia editorial al referirse a intereses políticos y a relaciones contractuales de la familia de Juanita León. “La controversia llegó a los tribunales y ganamos en ambas instancias”, señaló Carranza.

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La Silla Vacía alegó una campaña de hostigamiento tras sus investigaciones

La Fundación La Silla Vacía, León y los periodistas Daniel Pacheco, Karen Tatiana Duque Restrepo, Jerson Andrés Ortiz Cardozo, Natalia Arbeláez Jaramillo, Laura Catalina Sanabria Rangel, Diego Alejandro Fuerte Blanco y Carolina Arteta Caballero acudieron a la tutela tras considerar que declaraciones, publicaciones y actuaciones atribuidas a los demandados buscaban desacreditar al medio y a sus integrantes.

Los accionantes indicaron que, luego de divulgar investigaciones sobre el Gobierno, funcionarios y el Pacto Histórico durante el ciclo electoral de 2026, enfrentaron expresiones y contenidos que, según su postura, configuraban una vulneración a la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a una vida libre de violencias.

La Fundación La Silla Vacía, León y varios periodistas acudieron a la tutela tras considerar que declaraciones, publicaciones y actuaciones atribuidas a los demandados buscaban desacreditar al medio y a sus integrantes - crédito Tribunal Superior de Bogotá

También cuestionaron que el juzgado de primera instancia hubiera analizado de forma aislada los mensajes denunciados y omitido el contexto de violencia digital basada en género. Como parte de sus argumentos, citaron otra decisión judicial del 30 de julio de 2026, en la que se concedió protección a un medio en una tutela contra Rtvc y Revista Raya.

El Tribunal consideró que ese antecedente no podía trasladarse al caso de La Silla Vacía. La Sala señaló que aquella decisión se refería a un reportaje difundido por un medio de comunicación, mientras que la tutela contra Petro y los demás accionados cuestionaba opiniones políticas de funcionarios publicadas en redes sociales.

El Tribunal evaluó las respuestas como parte del debate público

En su análisis, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá indicó que varias de las expresiones denunciadas surgieron como respuesta a publicaciones previas de La Silla Vacía sobre el Gobierno y sus funcionarios. Por ese motivo, sostuvo que debían ser examinadas dentro de un intercambio público de posturas.

La sentencia distinguió entre la exigencia de veracidad e imparcialidad en la difusión de información sobre hechos y la protección constitucional de opiniones y valoraciones. El fallo destacó que estas últimas tienen amparo bajo la libertad de expresión, incluso cuando contienen críticas o posiciones parciales.

El abogado agregó que la decisión no limita la labor periodística - crédito @HombreJurista/X

Carranza afirmó que esa conclusión protege el derecho de los funcionarios a responder a los cuestionamientos de la prensa. “Responder a un medio, incluso con críticas severas, no constituye por sí solo censura ni hostigamiento al medio”, escribió.

El abogado agregó que la decisión no limita la labor periodística. “La prensa conserva su libertad para investigar y cuestionar. Gustavo Petro conserva su derecho a responder. Y la ciudadanía puede escuchar, contrastar y formar su propio juicio”, sostuvo.

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