Los partidos Oxígeno y Fuerza de la Paz, de la exsenadoraIngrid Betancourt y Roy Barreras, respectivamente, afrontarán en las próximas semanas una definición sobre su personería jurídica; pues el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá decidir si aplica el umbral electoral como condición determinante o si admite los argumentos de representación política.
Ninguno de los dos partidos alcanzó el umbral requerido en las elecciones de Senado y Cámara, pero la decisión no depende de una verificación automática. Las colectividades continuaron activas después de que la anterior sala plena del CNE, cuyas funciones terminaron el 30 de agosto, dejó su situación condicionada al pronunciamiento de los actuales togados.
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De acuerdo con la información referida por Semana, Oxígeno entregó al tribunal un documento de 228 páginas para solicitar la conservación de su reconocimiento legal. En el escrito con el que argumentaron su postura, la colectividad señaló que el análisis debe incluir principios de participación política, igualdad material y pluralismo democrático.
La investigación sobre Oxígeno está en manos de la magistrada Cielo Rusinque, exsuperintendente de Industria y Comercio en el Gobierno de Gustavo Petro y ternada por el Pacto Histórico. Por su parte, el expediente de Fuerza de la Paz quedó a cargo del magistrado Gersel Pérez, exrepresentante a la Cámara por el Atlántico y ternado de Cambio Radical.
Antecedente de Comunes reforzaría el riesgo de perder la personería jurídica
La decisión final requerirá el acuerdo de los nueve integrantes de la sala plena, aunque las dos ponencias marcarán el punto de partida de la discusión. Al interior del tribunal electoral, según el citado medio, existe hermetismo sobre el sentido de ambos proyectos; aunque existiría un antecedente que sería considerado en el análisis de ambos partidos.
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En efecto, el precedente más cercano es el del Partido Comunes, integrado por exmiembros de la extinta guerrilla de las Farc, al que el CNE retiró la personería jurídica el 1 de octubre por no cumplir la condición de representatividad exigida para conservar el reconocimiento como partido político. La colectividad contó con dos periodos de gracia producto del Acuerdo de Paz.
La norma aplicada por el tribunal figura en el artículo 108 constitucional, que establece de manera clara que se “requieren un porcentaje mínimo de votos válidos para adquirir y mantener el reconocimiento fijado en el 3% en las elecciones de Senado o Cámara de Representantes”. Con ello, tanto Oxígeno como Fuerza de la Paz estarían al margen.
Las directivas de Oxígeno fundamentaron su solicitud ante el CNE en una interpretación distinta de esa exigencia. “La disposición prevista en el artículo 108 de la Constitución no tiene un carácter absoluto ni puede ser aplicada de manera rígida o automática”, se precisó en uno de los apartes de la exposición hecha por el equipo jurídico de la exsenadora colombofrancesa.
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“Por el contrario, la jurisprudencia constitucional ha sido enfática en señalar que dicha disposición debe interpretarse de forma armónica con los principios de participación política, igualdad material y pluralismo democrático”, agregó el partido, que también pidió que el análisis incorpore las circunstancias propias de cada organización política.
“Una lectura constitucionalmente adecuada evidencia que el umbral no constituye un fin autónomo, sino un instrumento dirigido a garantizar la representatividad real dentro de un sistema democrático pluralista”, puntualizó Oxígeno, que provenie de la década de 2000, cuando Ingrid Betancourt llegó al Senado y aspiró a las elecciones presidenciales de 2002.
Fuerza de la Paz pidió valorar sus curules y cargos de elección popular
Por su parte, según reseñó Semana, Fuerza de la Paz presentó ante el CNE un planteamiento centrado en su condición de minoría política protegida por la Constitución, con el fin de que la colectividad fundada por Barreras y que en su momento fue aliada del Gobierno de Gustavo Petro pueda seguir teniendo personería jurídica y entregue avales.
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“La representatividad cualitativa implica que la existencia jurídica de una organización política no puede depender exclusivamente de un criterio aritmético cuando se encuentra acreditada su capacidad real de representación a través de curules, cargos de elección popular y respaldo ciudadano”, puntualizó el partido, que busca participar en los comicios de 2027.
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