Defensoría del Pueblo aseguró que decreto que regula la protesta reduce las posibilidades de diálogo: "Tiende a calificar de violento hechos que no lo son"

La institución sostuvo que la norma presidencial puede facilitar intervenciones de la fuerza pública y elevar la tensión social al acortar las etapas previas de concertación con manifestantes y autoridades locales

crédito Raúl Palacios / Colprensa - El País
El Gobierno nacional expidió el Decreto 1525 de 2026 para regular la intervención de la fuerza pública en las protestas - crédito Raúl Palacios / Colprensa
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En medio de la polémica generada por el Gobierno nacional luego de expedir el Decreto 1525 de 2026 que regula las condiciones en las que la fuerza pública podrá intervernir durante las protestas, en la mañana del miércoles 14 de octubre la Defensoría del Pueblo alertó sobre las posibles consecuencias de la orden presidencial.

A través de un comunicado, la entidad señaló que la nueva directriz podría reducir drásticamente las opciones de diálogo entre manifestantes y los gestores de paz, además de las autoridades locales.

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Según la Defensoría, el Decreto 1525 de 2026 contiene orientaciones que podrían dificultar la conducción de las protestas. Una de ellas, indicó, es la tendencia a calificar como violentas acciones que limitan derechos de terceros, pero que forman parte de la naturaleza misma de las manifestaciones.

“Si bien esto resulta poco deseable, no es violencia, como por ejemplo la obstrucción de vías o la interrupción de ciertos servicios o infraestructura”, señaló la entidad.

Comunicado de prensa oficial en hoja blanca con el logotipo de la Defensoría del Pueblo de Colombia y un texto sobre la protesta social
La Defensoría del Pueblo de Colombia emite un comunicado sobre las marchas convocadas en 31 departamentos del país para pedir diálogo en lugar del uso de la fuerza - crédito Defensoría

La obstrucción de vías, la interrupción del tránsito o la afectación de ciertos servicios e infraestructuras pueden ser situaciones indeseables, pero no constituyen por sí mismas actos violentos, señaló la Defensoría.

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“El derecho de reunión pacífica, por definición, no se puede ejercer mediante la violencia. [...] la ‘violencia’ suele implicar el uso por los participantes de una fuerza física contra otros que pueda provocar lesiones, la muerte o daños graves a los bienes. Los empujones o la interrupción del tráfico de vehículos o peatones o de las actividades diarias no constituye ‘violencia’”, señala el Comité de Derechos Humanos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Además, la entidad aseguró que el despliegue de gestores de convivencia y equipos de diálogo es necesario, aunque reconoció que no basta para considerar agotada la mediación, porque esa interpretación puede elevar la tensión social y escalar los conflictos hacia hechos violentos.

“El Decreto tiende a reducir la fase de diálogo y mediación a su mínima expresión, dando paso al uso de la fuerza igeramente”, comentó.

Garantías para manifestantes y deberes de las autoridades

Un documento oficial con el logotipo de la Defensoría del Pueblo de Colombia que contiene párrafos de texto impreso
La Defensoría del Pueblo de Colombia manifiesta su preocupación por las disposiciones del Decreto 1525 sobre la protesta social y la mediación en las manifestaciones - crédito Defensoría

La Policía Nacional y las autoridades nacionales y territoriales tienen como primera responsabilidad garantizar derechos y evitar confrontaciones. Las restricciones a una manifestación deben sustentarse en circunstancias concretas, afectaciones suficientemente graves y una evaluación estricta de necesidad y proporcionalidad, con prioridad para las alternativas menos lesivas, señaló la Defensoría.

La actuación policial dentro de los límites constitucionales fortalece su legitimidad y protege a los integrantes de la institución frente a eventuales responsabilidades individuales. Ninguna persona puede ser tratada como culpable únicamente por haber sido capturada, añadió la entidad.

Las personas extranjeras conservan sus garantías constitucionales durante una detención. La expulsión debe ser excepcional, individualizada, motivada y respetuosa del debido proceso y de las obligaciones internacionales del Estado.

Defensoría del Pueblo acompañará protestas del 14 de octubre

Además de las alertas sobre la regulación de las protestas, la Defensoría del Pueblo pidió que las marchas convocadas este 14 de octubre en 62 puntos de 31 departamentos de Colombia sean atendidas mediante el diálogo y la mediación, no como un problema de orden público o terrorismo.

Página de un documento impreso con el logotipo de la Defensoría del Pueblo de Colombia y varios párrafos de texto explicativo
Un documento institucional de la Defensoría del Pueblo de Colombia detalla recomendaciones a las autoridades y a la Policía Nacional respecto a las manifestaciones públicas - crédito Defensoría

Las movilizaciones, promovidas por sectores sociales y de oposición política, buscan expresar malestares, diferencias con el Gobierno nacional y reclamos de las comunidades representadas, señaló la entidad.

La entidad recordó que el derecho a protestar debe estar garantizado sin importar quién gobierne, quién convoque las manifestaciones o cuáles sean las demandas ciudadanas. También señaló que el ejercicio de ese derecho debe mantenerse dentro del marco constitucional de la protesta pacífica.

La Defensoría aseguró que los organizadores y participantes tienen la responsabilidad de prevenir confrontaciones, conservar canales de interlocución con las autoridades y permitir el paso de ambulancias, transporte escolar, organismos de socorro y personas que requieran servicios esenciales. La entidad advirtió que los actos violentos deben ser investigados conforme a la ley, con responsabilidades individualizadas.

Las afectaciones a terceros o los actos de vandalismo pueden desplazar la discusión sobre las demandas que motivan una movilización. La entidad sostuvo que las diferencias políticas no deben derivar en estigmatizaciones, amenazas ni descalificaciones contra quienes piensan distinto.

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