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Petro nombró a Edwin Palma, actual ministro de Minas, como ministro del Trabajo y de Vivienda, tres ministerios a cargo de una misma persona

El decreto recuerda que el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 establece que, cuando un ministro recusado o impedido se aparta del conocimiento de un asunto, el presidente debe adscribir la decisión “a otro cualquiera de los ministros del Despacho”

El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma - crédito Joel González/Presidencia

El presidente Gustavo Petro designó por decreto a Edwin Palma como ministro ad hoc de Trabajo y de Vivienda, mientras continúa como titular del Ministerio de Minas y Energía. La decisión, firmada el 30 de julio de 2026, concentra en un solo funcionario la atención de tres carteras para resolver dos asuntos derivados de impedimentos aceptados en el Consejo de Ministros.

El decreto 0905 aclara que el nombramiento no reemplaza de manera plena a los titulares de esas áreas, sino que encarga a Palma de dos expedientes específicos. Uno está relacionado con una recusación contra el ministro del Trabajo, Antonio Eresmid Sanguino Páez, en su calidad de superintendente de Subsidio Familiar encargado.

El otro corresponde al Ministerio de Vivienda y a la ministra encargada, Ruth Maritza Quedo Fique. En este caso, Palma presidirá la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) en el trámite para la expedición del marco tarifario del servicio público de aseo para grandes prestadores.

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El presidente Gustavo Petro designó por decreto a Edwin Palma como ministro ad hoc de Trabajo y de Vivienda, mientras continúa como titular del Ministerio de Minas y Energía - crédito Presidencia

La medida se sustentó en una sesión del Consejo de Ministros del 29 de julio de 2026, donde se aceptaron ambos impedimentos bajo el principio de “verdad sabida y buena fe guardada” del artículo 8 de la Ley 63 de 1923.

Según el texto oficial, Palma fue nombrado ministro del Trabajo ad hoc “para resolver el impedimento presentado” por Sanguino Páez ante la solicitud de recusación formulada por Herber Andrés Mantilla Gómez, identificado como exdirector administrativo principal y exrepresentante legal de la Caja de Compensación Familiar Comfamiliar Atlántico.

Además, fue designado ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc “para resolver el impedimento presentado” por Quedo Fique, con la tarea de intervenir en el caso del esquema tarifario del servicio público de aseo para grandes prestadores.

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El acto administrativo invoca las facultades constitucionales y legales del presidente, en especial el numeral primero del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923.

El punto central es que Edwin Palma, actual ministro de Minas y Energía, queda habilitado para actuar en dos carteras distintas por la separación de conocimiento de sus titulares en asuntos determinados. Palma no asume de forma general los ministerios de Trabajo y Vivienda, pero sí la competencia para decidir en los expedientes que requieren trámite por los impedimentos aceptados.

La decisión, firmada el 30 de julio de 2026, concentra en un solo funcionario la atención de tres carteras para resolver dos asuntos derivados de impedimentos aceptados en el Consejo de Ministros - crédito Presidencia

El decreto recuerda que el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 establece que, cuando un ministro recusado o impedido se aparta del conocimiento de un asunto, el presidente debe adscribir la decisión “a otro cualquiera de los ministros del Despacho”. Bajo esta base jurídica, la Presidencia consideró “pertinente” encargar a Palma ambas funciones ad hoc.

El artículo primero del decreto formaliza su nombramiento como ministro del Trabajo ad hoc y el artículo segundo, en la cartera de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc. El artículo tercero ordena comunicar el acto por intermedio de la Secretaría General del Ministerio de Minas y Energía y el artículo cuarto fija que la medida entra en vigor desde la fecha de expedición.

El decreto fue expedido el 30 de julio de 2026 y lleva la orden de “Publíquese, comuníquese y cúmplase”. Así, Palma quedó investido para actuar simultáneamente en tres ministerios: Minas y Energía, y de manera ad hoc en Trabajo y Vivienda.

Ministerio de Minas garantizó la continuidad del servicio durante el mantenimiento de la regasificadora de Cartagena

El ministro planteó que el próximo Gobierno debería iniciar su gestión con una nueva subasta de baterías - crédito Ministerio de Minas/Reuters

El ministro de Minas y Energía de Colombia, Edwin Palma, informó que el abastecimiento de gas para hogares y para la generación de energía eléctrica está asegurado durante el mantenimiento programado de la regasificadora de Cartagena, la única terminal del país para la importación de gas natural licuado. Esta suspensión, que empezó el 30 de julio de 2026 y finalizará el 3 de agosto, se realiza en un contexto de monitoreo intensivo del sistema energético por el aumento de la demanda y la posible llegada de un fenómeno de El Niño prolongado.

Palma aseguró que el suministro eléctrico está “100% garantizado” y que la demanda esencial de gas para los hogares también está cubierta. En cuanto al sector industrial, explicó que un 95% del gas necesario para la industria cuenta con respaldo suficiente. El Gobierno coordinó la intervención junto con los actores del sector para reducir riesgos de desabastecimiento y mantiene vigilancia continua del sistema.

El ministro también recomendó medidas de ahorro energético, especialmente ante el aumento de la demanda vinculado a las altas temperaturas en la región Caribe. Sugirió que el próximo Gobierno lleve adelante una nueva subasta de baterías como mecanismo para fortalecer la seguridad y apoyar la transición energética del país.

Por otro lado, Palma señaló que las nuevas tarifas de la gasolina todavía no se han definido, ya que falta una reunión entre los Ministerios de Minas y Hacienda.

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