En medio de la polémica por el anuncio del Gobierno nacional sobre la supuesta apertura de servicios en el sótano del Bloque 1 (antigua área de urgencias) del Complejo Hospitalario San Juan de Dios, a través de un comunicado oficial, voceros de la Secretaría Distrital de Salud aclararon cuáles fueron las habilitaciones de institución prestadora de salud, y en dónde.
En primer lugar, confirmaron que, efectivamente, desde la IPS Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil – sede Palermo radicaron el 7 de julio de 2026 la solicitud de inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (Reps) para habilitar servicios de enfermería, medicina general y psicología en la modalidad extramural domiciliaria.
Posteriormente, el 16 de julio, el equipo técnico de la Secretaría evaluó la documentación y brindó asistencia técnica presencial a los representantes de la IPS. Tras realizar los ajustes requeridos, la IPS radicó nuevamente los documentos el 17 de julio.
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No obstante, el 23 de julio, en la Secretaría de Salud cargaron la información a la plataforma del Reps, pero el proceso no pudo completarse “ya que solicita la programación de una visita previa como requisito, tal como establece la Resolución 3100 de 2019 y que actualmente está exceptuada para esta IPS en la Resolución 1075 de 2026″.
En ese sentido, se confirmó que no se han logrado avances en la habilitación de servicios hasta el momento. Por ende, conforme a instrucciones del Ministerio de Salud, desde el Distrito notificarán oficialmente “que se cumplieron los requisitos hasta el paso de asignación del código de inscripción, pese a la imposibilidad de avanzar en la plataforma”
De ahí en adelante, pese que “la Secretaría Distrital de Salud ha sido diligente y ha cumplido con el procedimiento establecido”, las responsabilidades están en las manos del Gobierno nacional, como se estableció en los acuerdos que realizaron el presidente saliente, Gustavo Petro, y el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán.
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De la misma manera, la aclaración incluyó que este registro de habilitación otorgado aplica “únicamente para la sede Palermo en modalidad extramural domiciliaria” y no guarda relación con las obras o la entrada en operación del Complejo Hospitalario San Juan de Dios ni de su edificio central, que requerirán procesos adicionales para habilitación.
“Hasta la fecha no se ha presentado solicitud de inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) para la prestación de servicios en el Bloque 1 (antigua ala de urgencias) o cualquier otro sector del Edificio Central del Complejo Hospitalario San Juan de Dios”, se leyó en la comunicación.
La Secretaría reiteró que los requisitos de habilitación son garantías mínimas de seguridad para los pacientes y que continuará los procesos necesarios para que el Complejo San Juan de Dios entre en operación de manera segura, gradual y conforme a la normativa.
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Concejal José Cuesta presentó tutela para exigir apertura progresiva del Hospital San Juan de Dios
En horas de la tarde del jueves 23 de junio de 2026, el concejal de Bogotá José Cuesta Novoa radicó una acción de tutela con el objetivo de proteger los derechos fundamentales a la salud, la vida digna, la igualdad y el acceso efectivo a los servicios públicos de salud de los habitantes de la ciudad.
A través de un comunicado, comentó que la medida busca que “la justicia ordene a las entidades competentes coordinar acciones para garantizar la apertura progresiva del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil”.
En la tutela, Cuesta solicitó que se superen las demoras y barreras administrativas que han impedido el inicio de los servicios del hospital, a pesar de contar con una estructura legal, presupuestal e institucional vigente para su recuperación.
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Además, pidió la elaboración de un plan coordinado con cronogramas y mecanismos de seguimiento que permitan la puesta en funcionamiento del complejo hospitalario.