Taxista que conducía con grado tres de alcoholemia y con exceso de velocidad atropelló a 11 personas en Bogotá: fue condenado a 28 años de cárcel

La decisión judicial también impuso una multa, ordenó que la pena se cumpla en un centro carcelario y el procesado aún enfrenta otro juicio por la muerte de una menor lesionada en el hecho

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Cámaras de seguridad registraron el momento en que el vehículo embistió a varias personas que transitaban por una vía de la localidad de San Cristóbal - crédito Colombia Oscura/ X

El taxista José Eduardo Chalá Franco fue condenado a 28 años y cinco meses de prisión por arrollar a 11 personas en un hecho ocurrido el 8 de noviembre de 2025 en la localidad de San Cristóbal, en el sur de Bogotá.

La decisión fue adoptada por un juez penal de conocimiento, luego de valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que demostraron que el conductor manejaba con grado tres de alcoholemia y a exceso de velocidad al momento del atropellamiento.

La sentencia corresponde al proceso por los delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones personales dolosas agravadas y lesiones personales simples, por lo que el condenado deberá cumplir la pena en un centro carcelario. Además, el fallo le impuso una multa de 19,42 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilidad para ejercer funciones y cargos públicos durante el mismo tiempo de la condena.

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No obstante, el caso aún no está completamente cerrado. Chalá Franco enfrenta de manera paralela otro proceso penal por homicidio agravado, debido a que una de las víctimas, una menor de edad que resultó gravemente herida en el atropellamiento, falleció días después como consecuencia de las lesiones sufridas.

La decisión judicial, conocida este 21 de julio de 2026, es de primera instancia, por lo que aún pueden interponerse los recursos previstos por la ley.

Conducía ebrio y a alta velocidad

José Eduardo Chalá Franco fue condenado a 28 años y cinco meses de prisión por arrollar a 11 personas en el sur de Bogotá - crédito redes sociales | Fiscalía General de la Nación | Policía Metropolitana de Bogotá

La investigación, liderada por un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, determinó que el hoy condenado conducía un taxi de servicio público cuando perdió el control del vehículo y embistió a un grupo de personas que transitaban por el barrio Santa Rita, en la localidad de San Cristóbal.

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Las autoridades establecieron que Chalá Franco tenía grado tres de alcoholemia, el nivel más alto contemplado por la legislación colombiana, y además circulaba a una velocidad superior a la permitida para la zona.

Como consecuencia del impacto, 11 personas resultaron lesionadas, entre ellas varios menores de edad. Uno de los niños sufrió heridas de extrema gravedad, por lo que permaneció hospitalizado durante varios días antes de fallecer, situación que dio origen al segundo proceso penal que actualmente enfrenta el conductor.

La condena conocida este martes únicamente corresponde a los delitos relacionados con la tentativa de homicidio y las lesiones ocasionadas a las víctimas que sobrevivieron al hecho.

La Fiscalía logró demostrar su responsabilidad

Durante el juicio, la Fiscalía presentó diferentes elementos materiales probatorios y evidencia técnica que permitieron reconstruir cómo ocurrió el atropellamiento y acreditar la responsabilidad del conductor.

Con base en esas pruebas, el juez concluyó que Chalá Franco actuó de manera dolosa al conducir en estado de embriaguez y bajo condiciones que pusieron en riesgo la vida de numerosas personas.

El hombre fue identificado como José Eduardo Chalá Franco - crédito Captura de Video redes sociales

Por esa razón, además de la pena privativa de la libertad, el despacho judicial ordenó que el condenado permanezca recluido en un establecimiento carcelario, descartando la posibilidad de cumplir la sanción por fuera de prisión.

La defensa había pedido una medida distinta

Antes de conocerse la sentencia, la defensa del taxista solicitó que la pena no fuera ejecutada en un centro penitenciario debido al estado de salud del procesado.

El abogado Saúl León argumentó ante el despacho que su cliente, de 56 años, presenta un cuadro de polimorbilidad crónica, condición que, según sostuvo, podría dificultar una adecuada atención médica dentro del sistema carcelario.

En la audiencia previa a la lectura del fallo, el jurista manifestó que la petición buscaba garantizar la integridad física del condenado y evitar que el cumplimiento de la pena se tradujera en un trato incompatible con sus condiciones de salud.

Sin embargo, el juez decidió que la condena deberá cumplirse en un establecimiento penitenciario.

: La Fiscalía aseguró que el conductor manejaba con grado tres de alcoholemia y a exceso de velocidad cuando ocurrió el hecho- crédito Policía Nacional

Las víctimas siguen afrontando las secuelas

El proceso judicial también dejó al descubierto las graves consecuencias que el atropellamiento tuvo para las víctimas y sus familias.

Durante una de las audiencias, el abogado representante de las víctimas, Juan Felipe Amaya, explicó que uno de los menores lesionados continuaba en recuperación y que incluso debía ser sometido a una nueva intervención quirúrgica.

Según indicó el jurista, el niño apenas estaba recuperando algunas funciones básicas y las lesiones sufridas tendrían consecuencias permanentes en su calidad de vida.