
En un movimiento clave para la política económica del país, el Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó un recurso de súplica —impugnación para que una sala revise y modifique decisiones de un magistrado por errores de derecho o valoración— contra la decisión del Consejo de Estado, que había suspendido provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, el cual fijaba un aumento del 23% al salario mínimo para 2026.
La decisión judicial, que tiene como ponente al magistrado Juan Camilo Morales, podría afectar de manera significativa la economía de los trabajadores colombianos y generar repercusiones en los programas de bienestar social que dependen de este incremento.
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El decreto en cuestión fue firmado por el presidente Petro a finales de diciembre de 2025, después de que fracasaran las negociaciones entre sindicatos y empresarios en la mesa de concertación salarial. En ese momento, el Ejecutivo dispuso un aumento cercano al 23,7%, que elevaba a $1.750.905 como salario base y $249.095 por concepto de subsidio de transporte.

La medida fue considerada un avance significativo en la búsqueda de justicia salarial por parte del Gobierno de Petro, que describió el aumento del salario como un “salario vital”, destinado a ofrecer un alivio económico a los trabajadores, particularmente en medio de inflación creciente y la desigualdad.
El fallo del Consejo de Estado sobre el decreto del salario mínimo
El 13 de febrero, el Consejo de Estado determinó suspender provisionalmente el decreto luego de admitir una demanda de nulidad contra el aumento. Según el alto tribunal, el Gobierno no presentó una justificación técnica suficiente para sustentar el incremento, tal como lo exige la Ley 278 de 1996.
Esta ley, que establece los criterios para fijar el salario mínimo, al resaltar la importancia de factores como la inflación, la productividad y el crecimiento económico, los cuales, según el tribunal, no fueron debidamente considerados por el Ejecutivo.

El Consejo de Estado argumentó que el Gobierno fundamentó principalmente el aumento en el concepto de “salario mínimo vital”, un criterio que, en su opinión, no puede ser el único utilizado para fijar el ajuste anual. Esta decisión dejó en suspenso el incremento acordado, generando incertidumbre entre los trabajadores y poniendo en peligro algunos programas sociales que dependen de este ajuste.
De qué se trata el recurso de súplica del Gobierno
En respuesta a esta decisión, el Gobierno Petro presentó un recurso de súplica ante el mismo Consejo de Estado, en el que solicitó la revocatoria de la suspensión del decreto. El recurso fue radicado un día antes de las marchas convocadas por el presidente para exigir una mejora en las condiciones laborales y salariales.
En el recurso de 28 páginas, firmado por representantes del Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda, el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se argumenta que la suspensión del decreto excede los límites del poder cautelar.
El Gobierno sostiene que la medida no se limitó a un juicio provisional, sino que actuó como una anticipación de lo que podría ser el fallo definitivo sobre el fondo del asunto. En otras palabras, la decisión del Consejo de Estado habría reconfigurado el régimen jurídico del salario mínimo de manera temporal, lo que afecta directamente los intereses económicos de los trabajadores.
El escrito también expone que el auto dictado por el magistrado Morales desconoce varios principios fundamentales del ordenamiento jurídico. En particular, se menciona que la medida cautelar se basó en una controversia interpretativa y no en una infracción clara de la ley, lo que contraviene los estándares establecidos en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca).
Además, el recurso cuestiona que la suspensión provisional no consideró adecuadamente los intereses en juego, tanto los del Estado como los de los trabajadores, y que la medida afecta de forma indebida la competencia del Ejecutivo en materia de política económica.

El Gobierno destaca en su recurso que la decisión del Consejo de Estado desbordó los límites establecidos para las medidas cautelares. Según se lee en el documento, “el auto no se restringió a un juicio provisional orientado a preservar la eficacia de la sentencia, sino que adoptó una medida de máxima intensidad que reconfigura transitoriamente el régimen jurídico del salario mínimo, produciendo efectos materiales equivalentes a un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del litigio”.
En este sentido, el Ejecutivo considera que la medida cautelar adoptada por el Consejo de Estado es inapropiada, ya que actúa de manera preventiva y anticipa el fallo que aún debe ser evaluado en el juicio de nulidad.
Mientras se resuelve el recurso de súplica, la situación del salario mínimo sigue siendo incierta. Por el momento, no se prevé ningún cambio inmediato para los trabajadores, que seguirán percibiendo el salario mínimo de $1.750.905, más el auxilio de transporte.
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