El Gobierno nacional declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica para ocho departamentos del norte y noroeste del país, en respuesta a los efectos de un fenómeno hidrometeorológico inusual ocurrido entre enero y febrero de 2026. El decreto, publicado el 11 de febrero bajo el número 0150, fundamenta esta decisión en la insuficiencia de recursos y mecanismos ordinarios para atender una crisis que, según el Gobierno, ha desbordado las capacidades institucionales y amenaza la estabilidad de los sistemas productivos, la infraestructura crítica, la salud y los derechos fundamentales en gran parte de la región Caribe.
El decreto señala que los impactos de la emergencia no solo se reflejan en la destrucción de infraestructura y la alteración de la vida cotidiana en los territorios afectados, sino que proyectan consecuencias financieras de alto impacto. Según el documento, “se estima un universo total de potenciales beneficiarios damnificados que supera ampliamente la capacidad operativa y presupuestal ordinaria”, incluyendo a más de 687.198 personas en riesgo de afectación directa, y advierte que la situación plantea una probabilidad superior al 50% de enfrentar periodos de sequía en el segundo semestre del año, lo que intensificará el estrés sobre los operadores de red y agravará la crisis del sector eléctrico.
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La causa inmediata de la calamidad, según análisis del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam), la Dirección General Marítima (Dimar) y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), fue el desplazamiento anómalo de un frente frío hasta latitudes meridionales, potenciado por la presencia de un jet subtropical y la interacción de varios sistemas atmosféricos.
Este fenómeno provocó un incremento súbito en la velocidad de los vientos, fuertes lluvias y oleaje elevado en la región Caribe, desencadenando una serie de desastres: 65 emergencias en 61 municipios de ocho departamentos, con predominio de 53 inundaciones, movimientos en masa, crecientes súbitas y vendavales.
El impacto humano y material resulta abrumador según el Decreto. Los reportes oficiales indican que la emergencia afectó 69.235 familias y 252.233 personas, con 10 fallecidos, tres heridos, 19.798 hectáreas productivas dañadas, 11.955 viviendas averiadas y 4.158 destruidas. Además, 111 vías, 19 puentes peatonales, 39 vehiculares, 38 acueductos y 91 centros educativos presentan daños de diversa magnitud. Córdoba y Antioquia figuran como los departamentos más afectados, acumulando la mayor parte de la población damnificada y de las pérdidas en viviendas y animales de producción.
La saturación de los suelos y el desbordamiento de cuerpos de agua, según el Ideam, ocasionaron que varios embalses estratégicos, como Urrá y Playas, superaran el 103% de su volumen máximo, con una descarga obligada para preservar la seguridad hidráulica y de la población aguas abajo. La respuesta simultánea y sostenida de distintos sistemas hídricos no tiene antecedentes en más de seis décadas de registros: el comportamiento observado solo encuentra paralelismo en un evento de 1963, anterior a la construcción del embalse de Urrá.
El fenómeno, catalogado por el decreto como “excepcional e imprevisible”, llevó a una precipitación acumulada que, en algunos sectores, superó entre el 130% y más del 180% del promedio esperado para el mes de febrero, rebasando ampliamente los percentiles históricos.
El área hidrográfica Caribe, por ejemplo, registró en enero de 2026 222,6 mm de lluvia, lo que equivale al 289% del promedio multianual. En apenas unos días de febrero, ya se había alcanzado el promedio mensual esperado, lo que marca una anomalía sin precedente para la región.
La agricultura y la ganadería resultaron gravemente golpeadas. El decreto consigna 110.831 hectáreas de cultivos afectadas, especialmente en Antioquia, Magdalena, Córdoba y Cesar, y un daño mayoritario sobre pequeños productores. El 94,7% de los predios dañados pertenece a sistemas de doble propósito, es decir, que integran carne y leche, y el 65,2% corresponde a pequeños productores que dependen exclusivamente de esta actividad para su sustento.
En el ámbito educativo, los balances oficiales muestran una rápida escalada de las afectaciones: en solo tres días, el número de sedes educativas impactadas pasó de 426 a 763, con Antioquia, Córdoba y Magdalena al frente de este deterioro. El sector salud enfrenta riesgos similares con 15 centros de atención dañados y 729 instalaciones sanitarias expuestas al peligro de inundación, situación que compromete la continuidad y oportunidad en la prestación de servicios esenciales y amplifica la vulnerabilidad sanitaria, especialmente en municipios rurales y comunidades étnicas.
El desastre forzó la suspensión de actividades comerciales y el cierre de vías principales y secundarias: el Invias documentó 173 emergencias viales y 140 movimientos en masa, con 107 cierres totales y 66 parciales reportados, multiplicando por más de tres la frecuencia registrada el año anterior.
De igual forma, el deterioro de la infraestructura eléctrica llevó a suspensiones del servicio en varias localidades, mientras el sector eléctrico nacional enfrenta un riesgo sistémico ante deudas acumuladas superiores a $2,5 billones de pesos, concentradas en empresas de la región Caribe e intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Las condiciones resultantes han producido una calamidad pública en términos constitucionales, con “una perturbación grave e inminente del orden económico, social y ecológico”, según reza el decreto.
Diversos instrumentos de planificación y ordenamiento territorial y ambiental resultan superados e insuficientes para mitigar los efectos y responder con la rapidez y flexibilidad que exige la situación, lo que en palabras del Gobierno nacional justifica la aplicación excepcional de medidas extraordinarias, incluidas transferencias monetarias directas, nuevas fuentes de financiamiento y ajustes legales en sectores como energía, vivienda, agua, saneamiento y telecomunicaciones.
El decreto dispone la declaratoria de emergencia por treinta días calendario en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, con facultades para que el Ejecutivo adopte toda medida considerada necesaria y proporcione los recursos presupuestales requeridos.
Se prevé la convocatoria al Congreso al décimo día tras el cese del estado de emergencia, para ejercer control político sobre el uso de estas facultades extraordinarias. Según los lineamientos del propio Gobierno nacional, todas las decisiones tendrán carácter estrictamente transitorio y estarán restringidas a la superación y contención de los efectos de la crisis, sin alterar de forma permanente el régimen jurídico ordinario.
La información detallada y las determinaciones contenidas en el Decreto 0150, así como la evaluación técnica y factual de la emergencia, están íntegramente fundamentadas en el documento oficial expedido por la Presidencia de la República de Colombia.