Un altercado físico entre dos policías de TransMilenio dejó este martes 3 de febrero una escena que muchos bogotanos no esperaban ver.
El video del incidente, que rápidamente circuló en redes sociales, muestra a tres uniformados junto a sus motocicletas en el Portal de las Américas, en el suroccidente de Bogotá.
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En las imágenes, uno de los oficiales comienza lanzando patadas a su compañero y, segundos después, continúa la pelea con puñetazos.
La Policía Metropolitana de Bogotá confirmó que ambos funcionarios, pertenecientes al Grupo de Transporte Masivo Transmilenio, fueron suspendidos mientras se adelantan investigaciones disciplinarias (radicado EE-MESA3-2026-24) y un proceso penal según la regulación vigente.
El enfrentamiento ocurrió sobre la avenida Ciudad de Cali y, según el reporte, se originó tras una discusión derivada de un llamado de atención de un superior. Curiosamente, otro uniformado que pasaba por el lugar no intervino en la disputa, como también se evidencia en el video.
Las autoridades aseguraron que se mantendrán todos los protocolos para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades: “La Policía Nacional reitera su compromiso con la transparencia, la disciplina y el respeto irrestricto por los principios institucionales. Conductas que se aparten del comportamiento ético y profesional esperado de sus integrantes no son toleradas y serán investigadas con rigor y celeridad”.
Por ahora, el episodio sirve como recordatorio de que incluso los miembros de la fuerza pública pueden tener sus “momentos de pelea” a plena luz del día.
De acuerdo con la Ley 2196 de 2022, que establece el Estatuto Disciplinario Policial, los miembros de la Policía deben mantener un comportamiento ejemplar, respetar la jerarquía y cumplir con las normas éticas y disciplinarias, tanto dentro como fuera del servicio.
Pelearse con un compañero en horas laborales y uniformados constituye una falta grave, que puede derivar en sanciones que van desde amonestaciones hasta suspensiones temporales o incluso la destitución, según la gravedad del conflicto y las consecuencias físicas que se produzcan.
Además de las implicaciones disciplinarias, los agentes podrían enfrentar responsabilidad penal si se generan lesiones u otros delitos tipificados en el Código Penal, como lesiones personales o abuso de autoridad.
Este tipo de situaciones también afecta la imagen institucional, comprometiendo la confianza de la ciudadanía en la capacidad de la policía para mantener el orden y la disciplina.
La Ley 2196 de 2022 refuerza la idea de que la disciplina y la subordinación son pilares fundamentales de la Policía Nacional.
Casos como este subrayan la necesidad de controles internos más estrictos y de medidas preventivas para evitar que conflictos personales escalen a situaciones de violencia durante el servicio.
Las denuncias de mal comportamiento policial en Colombia están reguladas por esta misma ley, la cual establece sanciones ante abusos de autoridad, irrespeto o uso excesivo de la fuerza.
Los reportes pueden presentarse en las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC), ubicadas en comandos, estaciones y escuelas de policía, así como a través de la línea de atención 165 para situaciones urgentes, como extorsión o constreñimiento ilegal.
La normativa prohíbe los tratos crueles, la corrupción y cualquier forma de abuso por parte de los uniformados.
El Código de Policía precisa que tanto el accionar de los agentes como la relación con la población deben regirse por la transparencia y la disciplina. Los ciudadanos cuentan con el derecho a recibir un trato respetuoso y a no ser objeto de torturas ni de tratos degradantes.
Ante comparendos considerados injustos, los afectados pueden acudir a la Inspección de Policía y presentar sus objeciones en un plazo de tres días hábiles. Además, existe la posibilidad de apelar la decisión de un inspector policial dentro de los dos días siguientes al fallo.
Los actos como abuso de autoridad, acoso o agresión, sean físicos o verbales, constituyen faltas sancionables. Las infracciones consideradas leves pueden acarrear multas de 15 a 90 días de salario básico dependiendo de la gravedad, ya sea por culpa grave o dolo.