Ministerio de Ambiente aseguró que Irene Vélez estaba facultada para suscribir el decreto de emergencia económica

La cartera aseguró que el decreto que le permitió liderar la cartera como ministra encargada sigue vigente y que no establece límite de tiempo alguno

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Si la firma de Irene Vélez en el decreto de emergencia económica no tuviera validez, la declaratoria podría caerse por incumplimiento de requisitos formales - crédito Anderson Coelho/Reuters

El Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, por el cual el Gobierno nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, declaró emergencia económica en todo el país, ha generado controversia debido a que, según algunos políticos, no hay nada que justifique la declaratoria. Sin embargo, ese no es el único tema de discusión.

Se ha advertido sobre la presunta inhabilidad de la jefa de la cartera de Ambiente encargada, Irene Vélez, para suscribir dicho decreto, debido a que, para la fecha de expedición del decreto (22 de diciembre), la funcionaria no se encontraba jurídicamente investida de la condición de “Ministra del Despacho”. Así lo indicó Natalia Gutiérrez Jaramillo, en su calidad de presidenta y representante legal del Consejo Gremial Nacional, en una comunicación enviada a la Corte Constitucional, en la que solicitó que se declare inexequible el decreto.

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Según explicó, para entonces, Vélez era ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible encargada, condición que le fue otorgada a través del Decreto 877 del 5 de agosto de 2025, luego de que el titular del despacho renunciara. Sin embargo, ese encargo no fue prorrogado, por lo que, a su juicio, no estaba facultada para suscribir el decreto en calidad de ministra (e).

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Hay dudas sobre los motivos expuestos por el Gobierno que justifican la declaratoria de emergencia económica - crédito Luisa Gonzalez/Reuters.

“Dado que el encargo de la doctora Irene Vélez Torres inició el 5 de agosto de 2025, es claro que su término inicial de tres (3) meses se extendía, como máximo, hasta el 5 de noviembre de 2025. A partir de esa fecha, la continuidad válida del encargo exigía, de manera ineludible, la expedición de un acto administrativo expreso de prórroga por parte de la autoridad nominadora (…). En el presente caso no obra prueba alguna de la expedición de un acto administrativo que haya prorrogado el encargo”, detalló.

En ese sentido, Irene Vélez no habría tenido la competencia constitucional y legal necesarias para suscribir el decreto. Esto implicaría un incumplimiento de requisitos para establecer la declaratoria de emergencia, ya que todos los ministros deben firmar el decreto, junto con el presidente de la República, para que este tenga validez.

La respuesta del Ministerio de Ambiente

Ahora bien, el Ministerio de Ambiente emitió un comunicado refiriéndose a la situación, advirtiendo que no hay incumplimiento alguno, puesto que el decreto que otorgó a la jefa de cartera su nombramiento como ministra encargada no establecía ningún tiempo límite.

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El Decreto 1083 de 2015 no establece un límite temporal para los encargos interinstitucionales. En ese sentido, el señor presidente de la República no ha cambiado su decisión respecto al encargo efectuado a la ministra (e) Irene Vélez a través del Decreto 877 de 2025″, precisó.

Aclaró que el encargo atribuido a la funcionaria se encuentra vigente y surte plenos efectos jurídicos, teniendo en cuenta, además, que no existe ningún acto administrativo que drogue, cambie o deje sin efectos el Decreto 877 de 2025, que le permitió liderar la cartera.

El Ministerio de Ambiente aseguró que Irene Vélez estaba en el ejercicio de sus facultades ministeriales al firmar el decreto de emergencia económica - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

En consecuencia, confirmó que Vélez estaba facultada para suscribir el decreto de emergencia económica, porque para entonces estaba ejerciendo como titular encargada del Ministerio de Ambiente.

“De acuerdo con lo anterior, al momento de la expedición del Decreto de Emergencia Económica, la ministra (e) Irene Vélez Torres se encontraba en pleno ejercicio de las funciones ministeriales propias de la cartera que dirige”, señaló.

Más allá del debate en torno a este requisito formal, hay dudas sobre otros requisitos materiales que, a juicio de políticos y expertos, el Gobierno no estaría cumpliendo para justificar la medida, entre ellos, la ocurrencia de hechos sobrevinientes y extraordinarios que demuestren la necesidad de declarar una emergencia económica a nivel nacional.

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