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Si no se presenta como jurado en las próximas elecciones de Consejos de Juventud lo sancionan: esto es lo que tendría que pagar de multa

Los servidores públicos que incumplan serán destituidos de sus cargos, mientras que los particulares enfrentarán multas millonarias si no asumen sus obligaciones

La Registraduría Nacional exige la participación obligatoria de ciudadanos, incluidos estudiantes y docentes, en la jornada electoral del 19 de octubre, advirtiendo sanciones severas para quienes incumplan con la designación - crédito Carlos Julio Martinez/Reuters

El próximo 19 de octubre, Colombia celebrará las elecciones de los Consejos de Juventud, una jornada en la que la Registraduría Nacional del Estado Civil ha convocado de manera obligatoria a miles de ciudadanos, incluidos docentes y estudiantes entre los 14 y 60 años, para desempeñar el rol de jurados de votación.

Las causales válidas para no asistir como jurado de votación están claramente definidas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y citadas por Noticias Caracol.

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Entre ellas se encuentran la enfermedad grave del jurado o de familiares directos, el fallecimiento del jurado o de un familiar cercano en los días previos a la elección, no residir en el lugar de designación, o haber inscrito y votado en otro municipio.

La Alcaldía de Bogotá reitera que la ausencia injustificada puede derivar en sanciones severas: los servidores públicos que incumplan serán destituidos de sus cargos, mientras que los particulares enfrentarán multas de hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, cifra que la Alcaldía detalla en $14.235.000.

El incumplimiento del deber como jurado puede acarrear multas o destitución, mientras que quienes cumplen reciben días de descanso o reconocimiento de horas de servicio social, según autoridades y medios oficiales - crédito Reuters

La Registraduría, citada por Noticias Caracol, enfatiza: “El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación. Los ciudadanos que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación o las abandonen, serán sancionados con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos. Si no lo son, con multa hasta de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes”.

Según la Alcaldía de Bogotá, en la capital fueron seleccionadas 100.687 personas, de las cuales 18.134 son menores de edad y 82.553 mayores.

El incumplimiento de este deber puede acarrear sanciones legales, mientras que quienes cumplen acceden a beneficios como días de descanso o reconocimiento de horas de servicio social estudiantil, de acuerdo con información de Noticias Caracol y la Alcaldía de Bogotá.

El proceso de designación de jurados de votación para los Consejos de Juventud está regulado por la Registraduría Nacional del Estado Civil y es de carácter obligatorio.

El régimen estricto de deberes y sanciones para jurados de votación en las elecciones juveniles revela tensiones entre la exigencia institucional y la promoción de una ciudadanía activa y comprometida - crédito Colprensa

La aceptación del cargo no es opcional: quienes resultan seleccionados deben cumplir con la función asignada durante la jornada electoral. La normativa establece que solo circunstancias excepcionales permiten la exoneración de este deber, lo que refuerza la importancia del rol de los jurados en el desarrollo transparente y eficiente de las elecciones juveniles.

El cumplimiento de la función de jurado de votación conlleva beneficios tanto para mayores como para menores de edad.

Quienes presten este servicio, ya sea en el sector público o privado, tienen derecho a un día de descanso remunerado dentro de los 45 días posteriores a la votación. Para los menores de edad, el beneficio consiste en la obtención de 20 horas del servicio social estudiantil obligatorio, un reconocimiento que incentiva la participación temprana en procesos democráticos.

En el caso de los menores de edad, las particularidades del proceso incluyen tanto sanciones como beneficios diferenciados.

Si un joven designado como jurado no asiste sin causa justificada, deberá realizar 40 horas de servicio social orientadas a la socialización del Estatuto de Ciudadanía Juvenil en su comunidad, según lo informado por ambas fuentes.

El rector de la institución educativa a la que pertenece el estudiante será el encargado de verificar el cumplimiento de esta disposición. Así, el sistema busca no solo sancionar, sino también promover la formación ciudadana y la responsabilidad social entre los jóvenes.

El 19 de octubre se llevarán a cabo las elecciones para el Consejos de Juventud- crédito Registraduría Nacional

Para quienes deseen verificar si fueron seleccionados como jurados de votación en Bogotá, la Alcaldía indica que desde el 3 de septiembre está habilitada la consulta en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil (www.registraduria.gov.co), en la sección ‘Electoral’ y el botón ‘Consulta Jurado de Votación’.

Allí también se informa el lugar, la fecha y la hora de la capacitación, la cual se desarrollará en dos periodos: del 29 de septiembre al 3 de octubre y del 14 al 17 de octubre, con horarios flexibles entre las 8:00 a.m. y las 6:00 p.m. Quienes no puedan asistir en la fecha y hora asignadas pueden acudir a otra sesión dentro de los rangos establecidos en cada municipio.

Los Consejos de Juventud constituyen espacios institucionales para la representación y participación política de los jóvenes entre 14 y 28 años. Su labor abarca la interlocución con autoridades en distintos niveles, la propuesta y vigilancia de políticas públicas, y la promoción de proyectos que respondan a las necesidades de la juventud en ámbitos como la educación, el empleo, la cultura y la participación ciudadana.

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