La concejala del Centro Democrático, Diana Diago, denunció que en la capital del país ya se han presentado al menos ocho casos de sobredosis de personas con fentanilo o ‘droga zombie’ en lo corrido de este año, una sustancia que está creando un problema de salubridad en Estados Unidos. Precisamente la política del sector uribista comentó:
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Por su parte, desde la Secretaría de Salud Distrital decidieron despejar la duda de la concejal Diago. Uno de los aspectos resaltados fue que hay dos formas de uso del fentanilo, una droga que en Colombia es legal pero se adquiere de manera controlada por parte del Estado a través del Fondo Nacional de Estupefacientes.
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Este fentanilo que suele ser usado con fines anestésicos puede ser consumido de manera legal con prescripción médica. También hay un compuesto que se crea artesanalmente y es el conocido en Norteamérica como la droga zombie.
Al respecto resaltaron desde la Secretaría: “Entre el 2019 y agosto del 2023 hay registro de 34 casos de consumo de fentanilo legal usado sin prescripción médica (uso abusivo), ocho de ellos registrados en 2023, ninguno con consecuencias fatales”.
Desde la entidad resaltaron que no es la señalada droga zombie, aunque con el fentanilo las autoridades han identificado que los traficantes lo están usando para rendir drogas sintéticas como el 2-cb tussi.
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Fentanilo y fenetilina: cuál es la diferencia
El fentanilo y la fenetilina son dos sustancias distintas con características y usos diferentes. El fentanilo se encuentra en forma de ampollas en el país y es un medicamento de uso hospitalario que se comercializa legalmente. Sin embargo, su adquisición está estrictamente regulada por el Estado.
Por otro lado, la fenetilina (también conocida como captagon o droga yihadista) suele presentarse en forma de polvo o pastillas, a diferencia de las ampollas de fentanilo que se utilizan con fines analgésicos y sedantes en entornos médicos.
Por qué es legal el fentanilo en Colombia
Uno de los temas de debate centrales se relaciona con la penalización de esta sustancia en el país. En relación a este asunto, el equipo de periodistas de Infobae Colombia entrevistó al abogado y experto en contratación pública, Jorge Rodríguez, quien ofreció su perspectiva sobre el fentanilo.
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El abogado señaló que todo comienza con el Artículo 376 del Código Penal, que aborda el tráfico, fabricación o posesión de estupefacientes, y que establece lo siguiente:
Rodríguez explicó que hasta el momento no se ha definido de manera clara si el fentanilo cumple con los requisitos necesarios para ser penalizado. Esto no se debe a que sea inofensivo o extremadamente potente, sino más bien a un problema de interpretación.
“El fentanilo no figura en los cuadros de dicho convenio, por lo tanto, no estaría prohibido. La Corte Suprema de Justicia tendría que realizar una interpretación desde una perspectiva médico-química que permita definir la regulación, el nivel de peligrosidad, el daño, entre otros aspectos, que esta sustancia merece”, comentó el abogado Jorge Rodríguez a Infobae Colombia.
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