Tarifas de revisión técnico-mecánica no aumentarán: estas son las razones

La Superintendencia de Transporte ejercerá la respectiva inspección, vigilancia y control del cumplimiento de lo consagrado en la Ley 2283 de 2003, a partir del 1 de agosto

El seguro o póliza tiene un valor de $17.400.000 para automóviles particulares, es decir, 15 salarios mínimos legales vigentes (smmlv); en cuanto a las motocicletas, el valor asignado de cobertura es de $8.100.000. Cortesía: Colprensa.

El Ministerio de Transporte dio a conocer, en la tarde del miércoles 19 de julio, que los Centros de Diagnóstico Automotor (CAD) no aumentarán las tarifas de la revisión técnico-mecánica, debido a las pólizas de seguros que serán entregadas al finalizar de la revisión del automotor.

Según lo precisó la cartera de Transporte frente al tema de las pólizas, los CDA deben tomar con una entidad aseguradora, legalmente establecida en Colombia y con liberta de oferta, un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos de servicio particular, que ampare los daños materiales causados a terceros, sin cargo o sobrecosto para el usuario.

Por su parte, el viceministro de Transporte, Carlos Eduardo Enríquez Caicedo, indicó que desde la entidad se ha venido informando que desde el 1 de agosto con la Superintendencia de Transporte se estará generando el control de todos los centros de Diagnóstico Automotor para asegurar que estos puntos hagan la entrega de la póliza de responsabilidad.

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“Por eso, todos los conductores del país deben saber que las tarifas se mantienen y que esta es una política de gobierno para proteger la vida de los conductores de Colombia”, sostuvo el funcionario.

Además, el ministerio puntualizo que la Superintendencia de Transporte ejercerá la respectiva inspección, vigilancia y control del cumplimiento de lo consagrado en la Ley 2283 de 2003, a partir del primero de agosto.

La cartera agregó que durante el tiempo que transcurra hasta la fecha determinada, les permitirá a los organismos de apoyo a las autoridades de tránsito adelantar las diligencias y trámites que resulten necesarios para cumplir con la obligación legal.

De qué trata la póliza de responsabilidad

Cabe recordar que desde enero de 2023, el Gobierno nacional presentó la ley que establecía que cuando un propietario de un vehículo particular asista a la revisión técnico-mecánica (obligatoria) el CDA debía de entregarle un seguro por choques simples.

Conforme con lo establecido en la ley, dicha póliza es de responsabilidad civil y debe amparar los daños materiales ocasionados por el conductor a terceros, en choques simples.

Por varios meses los centros CDA se resistieron a entregar la póliza, pero después de varios seguimientos por parte del Ministerio de Transporte, desde junio comenzaron a hacerlo, Sin embargo, no todos estaban acatando la orden del Gobierno nacional, justificando que para hacerlo debían subir a la tarifa de la revisión técnico-mecánica.

Dicha respuesta, fue negada y resuelta por el Ministerio de Transporte, donde palabras más palabras menos, le exige a los CDA hacer entrega de las pólizas por choque simples a los conductores que se acerquen y aprueben la revisión.

Con base en información suministrada por el Ministerio de Transporte, la Ley 2283 indica que el seguro o póliza tiene un valor de $17.400.000 para automóviles particulares, es decir, 15 salarios mínimos legales vigentes (smmlv); en cuanto a las motocicletas el valor asignado de cobertura es de $8.100.000, o sea, siete smmlv (valor que supera el precio de concesionario de algunos de estos automotores).

Con esta póliza, los conductores tendrían los medios para cubrir daños al momento de una colisión con otro vehículo, añadiéndose así, al Soat; no obstante, el seguro que cobija la Ley 2283 solo cubrirá daños simples a terceros.

En el caso del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, este continuará encargado de la atención en salud a la víctima de siniestros viales. Dicha póliza, para 2023, tiene los siguientes valores:

Motos:

  • Menos de 100 c.c.: $207.700.
  • Entre 100 y 200 c.c.: $278.200.
  • Más de 200 c.c.: $701.300.

Motocarros:

  • Motocarro, tricimoto y cuadriciclo: $313.800.
  • Motocarro de cinco pasajeros: $313.800.

Camionetas o Camperos:

  • Menos de 1.500 c.c./ menos de 10 años: $730.300.
  • Menos de 1.500 c.c./ 10 años o más $877.900.
  • Entre 1.500 c.c. 72.500 c.c./ menos de 10 años: $871.900.
  • Más de 2.500 c.c./ menos de 10 años: %1.022.700.
  • Más de 2.500 c.c/ 10 años o más: 1.173.500.

Vehículos de carga / mixtos:

  • Menos de cinco toneladas: $818.300.
  • Entre cinco y 15 toneladas: $1.81.600.
  • Más de 15 toneladas: $1.493.900.

Vehículos familiares:

  • Menos de 1.500 c.c. / 10 años: $412.000.
  • Menos de 1.500 c.c./ 10 años o más: $546.200.
  • Entre 1.500 y 2.500 c.c/ menos de 10 años: $501.700.
  • Entre 1.500 y 2.500 c.c./ 10 años o más: $624.000.
  • Más de 2.500 c.c./ menos de 10 años: $585.900.
  • Más de 2.500 c.c./ 10 años o más: $694.900.
  • Seis o más pasajeros/ menos de 2.500 c.c./ menos de 10 años o más: $937.500.
  • Seis o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / menos de 10 años: $983.100.
  • Seis o más pasajeros / 2.500 o más c.c. / 10 años o más: $1′180.500.
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