
El Tribunal General de la Unión Europea ha avalado este miércoles las sanciones económicas impuestas a la entidad rusa Russian Maritime Register of Shipping (RMRS), dedicada a la inspección y certificación de buques, si bien ha considerado "desproporcionado" que la UE le retirase definitivamente el reconocimiento para realizar estas actividades en nombre de los Estados miembros, en lugar de suspenderlo temporalmente.
En su sentencia, contra la que cabe recurso, la Justicia europea confirma las prohibiciones de realizar inversiones y transacciones con esta organización, propiedad del Estado ruso, al considerar que las restricciones están justificadas por su vinculación con Moscú y son "adecuadas" para contribuir al objetivo de "ejercer presión" sobre Rusia para que ponga fin a su agresión contra Ucrania.
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No obstante, los jueces consideran que el Consejo podría haber optado por suspender el reconocimiento europeo de RMRS en lugar de revocarlo, una alternativa "menos gravosa" que también habría permitido alcanzar el mismo objetivo sin obligar a la entidad a someterse a un nuevo procedimiento para recuperarlo si en el futuro se levantaran las sanciones.
Así, el Tribunal no cuestiona que la organización tenga restringida su actividad de certificación de buques en nombre de los Estados miembros, sino la decisión de retirarle definitivamente un reconocimiento que no podría recuperar automáticamente una vez levantadas las medidas.
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El caso se remonta a las restricciones adoptadas por los Veintisiete tras el inicio de la invasión rusa de Ucrania en febrero de 2022, cuando ampliaron las sanciones económicas contra Moscú e incluyeron a RMRS, una organización con sede en San Petersburgo que desde 1998 contaba con el reconocimiento europeo para inspeccionar y certificar buques.
La entidad recurrió estas decisiones ante la Justicia europea, que ahora ha rechazado la mayor parte de sus argumentos y ha concluido que el Consejo justificó adecuadamente las medidas adoptadas por su pertenencia al Estado ruso y su actividad en el sector marítimo.
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En concreto, los jueces explican que, si en el futuro se levantaran las restricciones, RMRS tendría que someterse a un nuevo procedimiento para recuperar su reconocimiento, cuyo resultado sería "incierto", ya que no tiene derecho ni a iniciarlo ni a obtener nuevamente la autorización.
Por otra parte, la sentencia declara inadmisible el recurso contra la prohibición de entrada en puertos y esclusas de la UE de los buques certificados por la entidad, al considerar que esta restricción afecta directamente a las embarcaciones y solo de manera indirecta a la organización.
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El fallo puede recurrirse en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un plazo de dos meses y diez días desde su notificación.
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