Madrid, 22 oct (EFE).- El plazo de cinco días que dio el Tribunal Supremo español para formular alegaciones contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los nacionalizados por la conocida como 'ley de nietos' acabó este jueves.
El Tribunal Supremo no ofreció datos sobre cuántos de los afectados por la medida, algo más de 163.000 personas, alegaron en contra de la suspensión cautelar, adoptada de cara a la celebración de elecciones generales adelantadas en España el 29 de noviembre, pero al menos un despacho de abogados ha pedido a la corte la personación de tres afectados.
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El Tribunal Constitucional rechazó la víspera la admisión a trámite del recurso presentado por el Defensor del Pueblo contra su decisión, ya que el procedimiento sigue abierto en el Supremo y un recurso de ese tipo solamente es admisible cuando la tramitación ha finalizado y hay una sentencia firme.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, había reclamado al Constitucional que, por "urgencia excepcional", decretara "de forma inmediata" la medida cautelarísima de declarar nulos los autos del Supremo que ratificaron la paralización del voto de forma cautelar, pero fue rechazado por la corte por considerar el recurso prematuro.
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"La inadmisión del Tribunal Constitucional supone, casi con total seguridad, que miles de ciudadanos españoles no puedan ejercer su derecho de sufragio activo, un derecho fundamental por el hecho de ser ciudadano español y mayor de edad que no puede ser suspendido ni por sentencia penal firme y que en este caso ha sido dejado en suspenso por el (Tribunal) Supremo", aseguró hoy Pedro J. Díaz, letrado del despacho de abogados que ha pedido las personaciones.
Este equipo legal alega, además, que con su decisión el Supremo ha vulnerado el principio de igualdad, puesto que "adopta la medida cautelar respecto de los nacionales españoles inscritos en el Centro de Residentes Ausentes (CERA)".
El Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.DEU), que agrupa a españoles nacionalizados por la ley de nietos, alegó ante el Tribunal Supremo que "ni siquiera en tiempos de guerra se suspende el derecho al voto" y advirtió de una "discriminación" con otros colectivos que accedieron a la nacionalidad, como sefardíes y brigadistas internacionales.
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En su escrito de alegaciones contra el auto del Supremo que paralizó el voto de estos nacionalizados, el centro urge a la nulidad de la decisión del alto tribunal y que este autorice el derecho al sufragio.
Explicó que "el derecho al sufragio se suspende por condena judicial firme, conforme a la Ley del Régimen Electoral General, siendo esta la única fundamentación para carecer" del mismo.
El escrito advierte que "conseguir una cita en un consulado puede llevar meses, incluso años si hablamos de La Habana o Caracas, por no hablar de volver a reunir una documentación de quienes fueron condenados al exilio, que pasaron por campos de concentración".
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Además, lamentó que "se está generando una discriminación en comparación con otros colectivos" que accedieron a la nacionalidad española. Entre ellos, resaltaron a los descendientes de sefardíes, las Brigadas Internacionales o aquellos que accedieron a la nacionalidad con la ley de nietos pero que residen en España.
Por ello, el Ce.DEU entiende que "la decisión de suspensión cautelar rompe con el principio de igualdad hasta este momento garantizado por la Constitución española. EFE
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