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Novedades de la Ley de Asilo y la reforma de extranjería: triajes, retorno en 12 semanas o presunción de minoría de edad

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El Gobierno ha decidido aprobar este martes los anteproyectos de una nueva Ley de Asilo y de reforma de la Ley de Extranjería, cambios a los que le obliga la asunción del Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA), que se producen en medio de la crisis migratoria desatada en Ceuta. Se trata de una primera lectura de ambos textos que deberán ser informados por distintos organismos y volver al Consejo de Ministros antes de llegar al Congreso.

Según ha informado el Ministerio del Interior, finalmente se ha decidido articular una nueva Ley de Asilo en lugar de reformar la anterior aludiendo a la "obsolescencia" del texto vigente. Entre las novedades que recogen estas propuestas destaca la eliminación con carácter general del recurso administrativo previo para los solicitantes de asilo que vean denegada su petición, según Interior, para reforzar la vía contencioso-administrativa.

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Se incorpora, además, nuevas causas de persecución relacionadas con el género, la identidad o expresión de género y la discapacidad e introduce por ley la presunción de minoría de edad mientras se realiza la evaluación de los menores desamparados. Además, se configura el Ministerio del Interior como autoridad decisoria.

España ha optado también por establecer un derecho de permanencia en el país que no da derecho a obtener una autorización de residencia en caso en que se incurra en alguna figura que le harían acreedor de denegación de entrada o devolución.

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Además, el Ejecutivo ha optado por incorporar en su versión menos restrictiva algunas de las medidas requeridas por la UE, teniendo en cuenta el margen de nacional. Así, España incorpora la figura del triaje a personas extranjeras que cruzan las fronteras exteriores de la UE, pero mientras que el reglamento de la UE permite a los Estados retener a los migrantes hasta 7 días para completar los controles biométricos y médicos, España ha decidido mantener este proceso en un máximo de 72 horas, prorrogable únicamente bajo una autorización judicial.

Igualmente, prevé que el uso del procedimiento en frontera en instalaciones policiales sea excepcional para menores de edad mientras que el pacto permite aplicar de urgencia este procedimiento a unidades familiares en los puestos fronterizos.

Algunas de las medidas que España traslada directamente tal y como contempla un nuevo procedimiento acelerado que establece que los expedientes deben estar resueltos en tres meses, incorpora el procedimiento de frontera de aplicación obligatoria en determinados supuestos, con un plazo máximo de doce semanas, durante el cual el solicitante debe permanecer en instalaciones policiales y desarrolla los conceptos de primer país de asilo, tercer país seguro y país de origen seguro. También introduce la posibilidad de integrar en la resolución denegatoria una decisión de retorno.

Igualmente, recoge el procedimiento fronterizo de retorno para agilizar el proceso en aquellas personas que entran de forma irregular y no tienen derecho a protección internacional, que debe ser ejecutado en 12 semanas.