
Tras la finalización del proceso de reestructuración financiera de la compañía brasileña Gol, las operaciones y actividades comerciales de la aerolínea no presentan alteraciones a raíz del reciente fallo judicial. Así lo comunicó Gol, integrante del Grupo Abra, luego de que el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York anulara una cláusula específica del plan de reorganización presentado bajo el Capítulo 11. Según informó la propia compañía, la medida judicial responde a un recurso presentado por la Oficina del Fideicomisario de Estados Unidos (OUST), organismo encargado de supervisar los procesos de bancarrota en ese país.
De acuerdo con lo publicado por Gol y consignado por la prensa internacional, la impugnación de la OUST se dirigía únicamente a la denominada “liberación de terceros”, una disposición incluida en el plan de reestructuración validado por el Tribunal de Quiebras. Esta cláusula planteaba la posibilidad de liberar ciertos créditos de los acreedores y partes interesadas de Gol frente a otras partes externas al proceso. Tal como especificó el medio, la OUST argumentó ante la Corte la exclusión de este mecanismo, conocido técnicamente como “third-party releases”, del plan debido al modo en que había sido diseñado para el caso.
La sentencia de la Corte federal coincide con una tendencia en la cual la Oficina del Fideicomisario ha cuestionado la validez de las liberaciones de terceros en distintos procedimientos de reorganización empresarial en Estados Unidos. Aunque la inclusión de dichos instrumentos resulta habitual en planes de reestructuración presentados en aquel país, la OUST viene señalando que ciertas aplicaciones no cumplen los estándares legales que justifican su utilización, según detalló el comunicado de Gol difundido por la prensa.
Luego de que el Tribunal de Quiebras confirmara el plan de reorganización el 20 de mayo, Gol pudo avanzar con las operaciones y transacciones necesarias para implementar la reestructuración. El medio reportó que esas gestiones concluyeron el 6 de junio, permitiendo a la aerolínea salir formalmente del proceso de Capítulo 11. Pese a la apelación interpuesta el 23 de mayo por la OUST ante la decisión del Tribunal de Quiebras, la nueva resolución del Tribunal de Distrito se limita a la cláusula de liberación de terceros y no afecta el resto del acuerdo logrado con los acreedores y partes interesadas.
Tal como puntualizó la compañía brasileña en su comunicación y replicó la prensa internacional, Gol se reservó el derecho de apelar esta decisión de la Corte, aunque no confirmó aún si ejercerá esa posibilidad. El fallo deja intacto el resto del plan y mantiene en vigor todas las decisiones administrativas y judiciales previas que llevaron a Gol a concluir formalmente su proceso de reestructuración bajo las normas estadounidenses.
Todos estos eventos se desarrollaron bajo un contexto en el que la intervención judicial y la supervisión de la Oficina del Fideicomisario han ganado protagonismo en el control de los instrumentos legales permitidos en los procedimientos de bancarrota en Estados Unidos. Según publicó Gol, la empresa ya completó las obligaciones financieras y legales establecidas en el marco del Capítulo 11, lo que garantiza la continuidad de sus actividades y la relación con pasajeros, empleados y socios comerciales. De esta manera, el fallo judicial genera un antecedente relevante sobre los alcances y límites de las liberaciones de terceros en procesos concursales internacionales con impacto en empresas latinoamericanas y con acreedores globales, según recogieron diversos informes técnicos y comunicados institucionales en medios estadounidenses y brasileños.
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