Nueva Ley Deporte endurece plazo prescripción de infracciones graves y leves

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Madrid, 17 feb. La nueva Ley del Deporte endurece el plazo de prescripción de las infracciones graves y leves con respecto a la norma de 1990, aunque en estos momentos es esta normativa la que todavía está vigente, ya que la nueva debe desarrollar todavía reglamentariamente el régimen sancionador y disciplinario.

La Ley del Deporte de 1990 establece el plazo de 3 años para la prescripción de las infracciones muy graves y el de un año para las graves y las leves, mientras que la nueva ley 39/2022, de 30 de diciembre, mantiene los 3 años para la prescripción de las muy graves y aumenta a 2 años el de las graves y a 6 meses el de las leves, en su artículo 112.

Este endurecimiento no entrará en vigor todavía porque la nueva ley establece en su disposición transitoria tercera que "el régimen sancionador y disciplinario previo a la entrada en vigor de la presente ley continuará rigiendo hasta que el nuevo sistema común de carácter extrajudicial de solución de conflictos mencionado en el artículo 119 se desarrolle reglamentariamente".

"El Gobierno deberá llevar a cabo este desarrollo reglamentario en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley", añade.

De acuerdo a esto, el presunto delito de corrupción entre particulares que la Fiscalía de Barcelona investiga a una empresa del exárbitro José María Enríquez Negreira por unos pagos de 1,4 millones de euros realizados por el Barcelona entre 2016 y 2018 habría prescrito como infracción deportiva, pero no en el ámbito penal.

En esta situación, LaLiga ha anunciado que si la Fiscalía decide interponer la oportuna denuncia o querella tendrá que personarse como acusación particular, igual que la Federación Española de Fútbol (RFEF) y el Comité Técnico de Árbitros (CTA). La postura del el Consejo Superior de Deportes (CSD) es de máximo respeto a la investigación que hay en marcha.