Cada vez más restaurantes cobran por compartir el plato

Los restaurantes de Buenos Aires se acostumbraron a una moda inusual en otras capitales del mundo que sorprende y suele generar discusiones con sus comensales. Cuál es el criterio para hacerlo

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Salir a comer con amigos o en pareja puede volverse un dolor de cabeza a la hora de pagar la cuenta. Es que cada vez son más los comensales que se encuentran con una sorpresa desagradable a la hora de saldar la mesa.

Para cuidar la silueta o el bolsillo, hay muchas personas que deciden compartir un plato principal cuando salen a comer afuera. Parece que a algunos restaurantes no les gusta mucho esta opción y pensaron una respuesta inusual en otras grandes ciudades del mundo: cobrar un adicional sobre el precio de lista de la comida elegida. En algunas firmas se trata de un plus fijo y en otras se aplica un recargo que puede llegar hasta el 50 por ciento.

Algunos lo especifican en la carta bajo la leyenda "recargo por plato compartido", otros aclaran puntualmente el valor ("recargo por plato compartido $40") y en el peor de los casos no se informa en la carta y el comensal se entera de la "mala noticia" cuando llega el ticket final, lo que provoca discusiones y malos momentos.

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Osvaldo Riopedre es el abogado de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua) y explicó a Infobae que "no hay nada en la ley de defensa del consumidor que impida que eso se haga", aunque aclaró que "si no está explicitado en la carta no se puede cobrar".

"Lo que sí establece la ley es que debe ser respetada la oferta e incluye en esa categoría a la folletería, que en este caso sería la carta", subrayó. Según explicó el letrado, "una persona antes de sentarse a comer en un restaurante establece condiciones contractuales que generalmente conoce de antemano porque están debidamente aclaradas en la carta". "De ahí que algo que se desconoce al momento de hacer el pedido del plato no puede ser cobrado luego", agregó.

"Si el recargo no está explicitado en la carta no se puede cobrar"

En la Argentina hay una tradición arraigada en varios restaurantes que cobran un plus por "descorche" cuando un comensal llega al salón con un vino comprado afuera. Sin embargo, al igual que en el caso de que se comparta un plato, el recargo no puede ser puesto en la cuenta si no se informó con anterioridad.

"Uno cuando se sienta establece un contrato, que de ningún modo podrá luego ser cambiado", insistió el especialista, y calificó como un "abuso que lamentablemente ocurre" el cobro de adicionales que no está estipulado en el menú.

Para ayudar a entender

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Infobae consultó al gerente general de La Cabaña, el tradicional restaurante de carnes porteño ubicado en Puerto Madero para comprender cuál es el criterio que se utiliza para cobrar ese plus.

"Nosotros no cobramos ningún extra por compartir platos, de hecho es bastante común que las familias compartan, especialmente cuando también piden alguna entrada", aseguró

Eduardo González, quien sin embargo aclaró que entender la postura "se trata de una cuestión bastante compleja de costos operativos".

"El precio de los productos finales en un restaurant (platos, postres, bebidas) es el resultado de un conjunto de costos que claramente exceden el de los meros ingredientes, tales como el costo laboral, gastos de lavandería, garaje, cristalería, alquiler y un larguísimo etc -explicó González-. Por lo tanto, a la hora de fijar los precios, aquellos costos totales se dividen en base a un consumo promedio por comensal, si esa ecuación se rompe porque no se llega a la consumición individual resulta bastante lógico agregar un cargo extra a aquellos platos que se comparten".

Y destacó que "esto último se da especialmente en los lugares en los que existe una alta rotación de las mesas, es decir, que tienen una ocupación de lleno total permanentemente".

Y tras aclarar que en su local hace muchos años que no se cobra el servicio de mesa ya que "resulta un cargo muy antipático y difícil de explicar a los clientes", agregó: "La ley vigente en la Ciudad de Buenos Aires obliga a quienes cobran cubierto a brindar agua, un producto de panera apto para celíacos o libre de gluten, sal modificada, libre de sodio como opción a la sal tradicional y pan".

Algunos ejemplos

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