El nuevo Código Penal agravará las penas para los asesinos al volante

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Accidente vial: una postal que se repite en las calles, avenidas, rutas y autopistas argentinas  (Télam)
Accidente vial: una postal que se repite en las calles, avenidas, rutas y autopistas argentinas  (Télam)

La Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación se reunió por primera vez el 20 de febrero de este año y desde esa fecha avanza en la redacción del anteproyecto para modificar y actualizar la norma que fue sancionada en 1921. Este comité está presidido por el camarista Mariano Borinsky y la integran el director nacional de Política Criminal y Legislación Penal, Carlos González Guerra; el fiscal Pablo Turano; el ex ministro de Justicia bonaerense, Carlos Mahiques; el Presidente de la Corte Suprema de Santa Fe, Daniel Erbetta; el titular de la Federación Argentina de la Magistratura, Víctor María Vélez; el procurador de Salta, Pablo López Viñals; los magistrados Patricia Llerena, Guillermo Yacobucci y Patricia Ziffer, y el abogado Fernando Córdoba.

Esta comisión aprobó el texto del artículo 84 del nuevo Código Penal que tipifica el delito de homicidio culposo y agrava las penas que hoy son de 2 a 5 años, elevándolas a 3 a 6 años en algunos casos específicos. Son las conductas que en el actual código están tipificadas en el artículo 84 bis que se incorporó por la ley nro. 27.347 impulsada por la agrupación Madres del Dolor y que fue sancionada en diciembre del año pasado.

De acuerdo con el texto aprobado por la comisión, el nuevo Código Penal castigará con penas de 3 a 6 años de prisión en caso de que la muerte fuere causada por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor cuando:

-el conductor se dé a la fuga o no intente socorrer a la víctima siempre y cuando no hubiera incurrido en abandono de persona

-el conductor esté bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia superior a los 500 miligramos por litro de sangre en el caso de choferes de transporte público o un gramo en los demás casos

-estuviese conduciendo a más de 30 kilómetros por hora por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho

-condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, viole la señalización del semáforo o conduzca a contramano.

A estas conductas, el nuevo Código Penal incorporará además otras que también serán castigadas con penas de 3 a 6 años de prisión. Recibirán esa sanción aquellos que maten al volante corriendo una picada o participando de una prueba de destreza, quien haya organizado o promocionado el evento o haya entregado un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que se utilizaría para tal fin.

Este agravamiento de las penas producirá como efecto que quienes sean sentenciados por estos delitos no podrán recibir una condena de ejecución condicional.