
El Gobierno oficializó su adhesión a la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Lo hizo a través del Decreto 375/2015, que fue publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabiente Marcos Peña y la canciller Susana Malcorra.
El tratado, adoptado por la Organización de los Estados Americanos (OEA), fue firmado por Argentina Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay.
El primer artículo de la convención prescribe su objeto: "Promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad".
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"Lo dispuesto en la presente Convención no se interpretará como una limitación a derechos o beneficios más amplios o adicionales que reconozcan el derecho internacional o las legislaciones internas de los Estados Parte, a favor de la persona mayor", aclara el texto.
Los principios generales que propone el acuerdo con los siguientes:
a) La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor.
b) La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo.
c) La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor.
d) La igualdad y no discriminación.
e) La participación, integración e inclusión plena y efectiva en la sociedad.
f) El bienestar y cuidado.
g) La seguridad física, económica y social.
h) La autorrealización.
i) La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de vida.
j) La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria.
k) El buen trato y la atención preferencial.
l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de la persona mayor.
m) El respeto y valorización de la diversidad cultural.
n) La protección judicial efectiva.
o) La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna.
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