La sentencia de la Corte Constitucional que corrige el acto legislativo 1 de 2016 dejó bien claro el poder alcanzado por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y sus conmilitones. El Ejecutivo y las FARC, juntos e igualados, le piden a la corporación el texto del acto.
A diez días de concluir el período de desmovilización y entrega de armas, que ni lo uno ni lo otro hemos visto, las FARC y su mentor jurídico, esa especie de cónsul en que se convirtió el comunista Enrique Santiago, armaron un alboroto amenazante dando a entender que la Corte hundía los acuerdos y que ello justificaba poner firme a la guerrillerada, en alerta máxima, en "asamblea general", tal como lo ordenó el comandante Timochenko. Sin embargo, una llamada del presidente Juan Manuel Santos al jefe guerrillero, apenas saliendo de la oficina Oval de la Casa Blanca norteamericana de su entrevista con el presidente Donald Trump, aparentemente atenuó la beligerancia y los temores de la comandancia fariana.
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Urge analizar si la sentencia de la Corte da para aplicarle los santos óleos al entreguista acuerdo de paz de La Habana y para que los críticos hagamos fiesta, y pensar si el daño producido a la Constitución queda reparado. Por ahora el sabor que deja, a medida que pasan los días, es agridulce.
El pronunciamiento de la Corte es la respuesta a un derecho de petición que millones de personas formularon a dicho organismo a través de firmas recogidas por el Centro Democrático y con la sustentación del senador Iván Duque. La iniciativa pretendía que la Corte echara atrás el carácter supraconstitucional dado al Nuevo Acuerdo Definitivo de Paz (NAFDP) y el método fast track para la implementación de todo lo acordado por considerar que sustituía la Constitución, alteraba la separación de poderes, le reconocía funciones constituyentes a una organización terrorista, entre otros adefesios.
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La Corte se pronunció aclarando que el Congreso, en tanto poder central del ordenamiento del Estado colombiano, puede modificar los proyectos derivados del NAFDP, puesto que esa es una función de la que no puede ser privado. Lo curioso y contradictorio es que la Corte, al reivindicar la función legislativa del Congreso, aseguró que el fallo tendrá vigencia sobre las futuras iniciativas, mas no sobre lo ya aprobado.
Es inevitable pedir explicaciones, ¿por qué la Corte se priva del poder que le otorga la Constitución de declarar exequible o inexequible leyes ya aprobadas?, ¿acaso ante temas tan delicados como la Jurisdicción Especial de Paz, organismo que estará por encima de todas las cortes, que altera el sistema judicial colombiano, diseñado para absolver crímenes de lesa humanidad de comandantes guerrilleros y perseguir a ciudadanos y agentes del Estado por supuestos vínculos con paramilitares, no constituye una sustitución de la Constitución, realizada, además, con el silenciamiento del Congreso al que se le restituye su soberanía sólo "en adelante"?
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¿No es una inconsecuencia fatal dejar esa mácula, esa ofensa, ese golpe letal al ordenamiento constitucional, so pretexto de que ya fue aprobado? Como si la Corte desconociera que tiene la función irrenunciable de revisar lo que ha sido aprobado por los poderes públicos.
Por eso no estoy muy convencido de las bondades de la sentencia en comento. Deja muchas dudas flotando en el ambiente. De todas maneras, la mostrada de colmillos del procónsul español Santiago y el líder de las FARC, aún armadas y filadas, confirma los temores que muchos tenemos sobre el poder otorgado a esa guerrilla. Además, no habría sido necesaria porque el presidente de la Corte le recordó a la opinión que de todas formas el Presidente de la República puede vetar lo que apruebe el Congreso si le parece que viola los acuerdos. Y Santos, ni corto ni perezoso, le aseguró a Timochenko que esta vez él sí cumplirá su palabra.
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Por otra parte, voceros del Ejecutivo han declarado que el hecho político incuestionable es que el gobierno cuenta con una mayoría aplastante e incondicional en el Congreso, de lo cual no nos cabe la menor duda.
Mientras el cogobierno Santos-Timochenko hace exigencias a la Corte para que dé a conocer los términos de la nueva sentencia, sería de inmensa utilidad que constitucionalistas de gran trayectoria y seriedad como Jaime Castro y José Gregorio Hernández, entre otros, nos ilustraran con sus apuntes.
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