Los bancos ya pueden adherirse a los avales ICO dirigidos a facilitar a jóvenes y familias la entrada a una vivienda

La línea de avales, por un importe de 2.500 millones de euros, comenzará a operar a partir de mayo

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La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez.
Alberto Ortega / Europa Press
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez. Alberto Ortega / Europa Press

Las entidades financieras ya pueden adherirse a la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez para facilitar la entrada a una vivienda a jóvenes y familias con menores a su cargo. La línea tiene un importe de 2.500 millones de euros y con ella se pretende facilitar la adquisición de 50.000 viviendas.

La formalización del convenio que regula la gestión de la línea de avales ha sido suscrito hoy martes por el por el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, y el presidente del Instituto de Crédito Oficial, José Carlos García de Quevedo, en un acto presidido por la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, y el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo.

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La firma de este convenio representa “un paso fundamental para el despliegue de los avales”, puesto que habilita al ICO a firmar los contratos con las entidades financieras que soliciten incorporarse a esta iniciativa, señalan desde el Ministerio de Vivienda en un comunicado. Con ello culmina el proceso de diseño y activación de la línea, por lo que las entidades financieras podrán comenzar a operar a partir de mayo.

Los avales están dirigidos a jóvenes y familias con menores a su cargo de todas las regiones que cuentan con solvencia financiera pero no con los ahorros suficientes para dar la entrada a su primera vivienda.

Hasta el 25% del préstamo

El aval hace posible que el importe del préstamo hipotecario concedido por la entidad financiera pueda llegar a igualar el valor de tasación o el precio de adquisición de la vivienda -el de menor importe- siempre que se cumplan las condiciones exigidas. Para ello, el aval podrá cubrir hasta el 20% del préstamo, llegando hasta el 25% en aquellos casos en los que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior.

El aval es gratuito para los compradores de la vivienda y para las entidades financieras y estas se encargarán del estudio y análisis de las operaciones. El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, no obstante se establece la posibilidad en el convenio de poder ampliarlo hasta 2027.

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Requisitos para optar a un aval

Los avales están dirigidos a personas físicas mayores de edad, con residencia legal en España al menos durante dos años antes de la solicitud del préstamo. Los jóvenes que lo pidan no podrán tener más de 35 años en la fecha de formalización de la hipoteca. En el caso de familias con menores a cargo, no se aplica este límite de edad.

Los solicitantes no deben superar unos ingresos de 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM) y si la vivienda es adquirida por dos personas, los ingresos no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.

La medida incluye algunos factores de mejora, entre ellos que el límite establecido en función del IPREM se incrementará en 0,3 veces (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y en el caso de tratarse de una familia monoparental, el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.

Un máximo de 100.000 euros

El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros y no podrán acogerse a él quienes ya sean propietarios de otra vivienda. En este caso hay una serie de excepciones cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.

Lo mismo ocurre con aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia. El aval tendrá una vigencia de 10 años desde que se formalice la operación.