Sturzenegger defendió el DNU tras el rechazo en el Senado

En un extenso posteo, uno de los creadores del Mega DNU publicado en diciembre pasado, destacó algunos de sus puntos y explicó por qué considera que son acertados

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Federico Sturzenegger, economista, ex presidente del BCRA y artífice del mega DNU
Federico Sturzenegger, economista, ex presidente del BCRA y artífice del mega DNU

El artífice del DNU 70/2023, Federico Sturzenegger, defendió y explicó por qué considera importante sus artículos tras el rechazo en el Senado y a la espera de su tratamiento en la Cámara de Diputados. Sostuvo que el decreto trabaja sobre tres ejes: acrecentar libertades, atacar privilegios y facilitar el comercio.

En un hilo posteado en su cuenta de X, mencionó que el DNU “devuelve el control al trabajador de sus aportes al sistema de salud (Art 307 a 310) permitiéndole elegir libremente la obra social o prepaga, -que competirán entre sí-, sin obligación de pagarle a un intermediario. Nadie será obligado a quedarse en una obra social que no quiera”.

En este sentido, la iniciativa cambia una norma que obligaba a los trabajadores a permanecer obligatoriamente un año en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo.

Posteo de Federico Sturzenegger en defensa del DNU 70/2023
Posteo de Federico Sturzenegger en defensa del DNU 70/2023

Asimismo, señaló: “El DNU termina con la retención de la cuota sindical obligatoria. Los empleados recuperan la libertad sobre su sueldo ya que deberán dar antes un consentimiento para que se les descuente de su salario el porcentaje de la cuota sindical”.

Por otra parte, Sturzenegger aseguró: “Puso fin a una ley de alquileres (Art 249 + Cambios en el CCyC) que encareció los alquileres reduciendo la oferta de viviendas. Los cambios dieron plena libertad para contratar. El resultado fue un aumento notable de la oferta y una caída en los precios”.

Y citó un informe de Zonaprop que indica que el valor medio del alquiler en la Ciudad de Buenos Aires aumentó un 2,9% en febrero. Se trata del menor incremento desde octubre 2021. La oferta de departamentos creció un 20,6% en comparación a enero.

Informe de Zonaprop citado por Federico Sturzenegger
Informe de Zonaprop citado por Federico Sturzenegger

“Fin de los bloqueos extorsivos (Arts 87 y 88). Se recupera la libertad de trabajar y producir sin extorsiones. No se limita la protesta sindical, pero se prohíbe afectar la libertad de trabajo de los trabajadores que no quieran sumarse a dicha protesta”, dijo el economista.

Al respecto, el artículo 87 dispone: “Los representantes sindicales dentro de la empresa, delegados, comisiones internas u organismos similares, así como las autoridades de las distintas seccionales de las asociaciones sindicales tendrán derecho a convocar a asambleas y congresos de delegados sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros”.

En tanto, el 88 agrega: “Acciones prohibidas. Las siguientes conductas están prohibidas y serán consideradas infracciones muy graves: a. Afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; b. Provocar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; c. Ocasionar daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o retenerlas indebidamente. Verificadas dichas acciones como medidas de acción directa sindical, la entidad responsable será pasible de la aplicación de las sanciones que establezca la reglamentación, una vez cumplimentado el procedimiento que se disponga al efecto a cargo de la Autoridad de Aplicación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que pudieran corresponder”.

El ex presidente del Banco Central también hizo referencia al “fin de la industria del juicio (Art 53 y 59 a 64). La industria del juicio le cuesta a trabajadores y empresarios por igual. El DNU facilita el registro de los trabajadores y pone un freno a la discrecionalidad en la determinación de las indemnizaciones”.

Algunos de los cambios más importantes sobre este punto es la eliminación de la doble indemnización (Ley 25.323) o multas por irregularidades en la registración del empleado o la inexistencia de esta.

En su posteo también hizo alusión al fondo de cese voluntario (Art 81). “Se permite que el trabajador pacte un sistema de cese laboral mediante el Convenio Colectivo de Trabajo. Esto permitirá reducir la conflictividad laboral con beneficio para el trabajador y para el empleador”, dijo Sturzenegger.

En detalle, la normativa permite que cada gremio pueda negociar con el sector empresarial que le corresponda el reemplazo del actual sistema de indemnizaciones por despidos sin causa por un régimen similar al que rige para la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA). De esta manera, se habilita la creación en otras ramas de actividad de un fondo al que el empleador aporte un 8% sobre el sueldo bruto del trabajador y que este último reciba una vez cese la relación laboral.

El DNU incluye la “la Transformación de Empresas del Estado en SA (Art 40 y Arts 48 a 52). YPF es una muestra que una empresa pública que cotiza en bolsa, no solo tiene mejor gobierno corporativo, sino que está más protegida del saqueo del Estado. El DNU lleva a las empresas públicas a este esquema”, recordó el asesor del presidente Javier Milei.

Estos artículos permiten que 41 empresas estatales queden sujetas de privatización. Además de YPF, se encuentran el Banco Nación, Aerolíneas Argentinas, Aysa y Radio y Televisión Argentina, Operadora Ferroviaria, entre otras.

En otro tramo de su posteo, Sturzenegger afirmó: “En el Código Aduanero el gobierno se otorgaba a sí mismo la facultad de prohibir importaciones y exportaciones. Las prohibiciones de exportación han sido una de las aberraciones más flagrantes de nuestro sistema económico. El DNU elimina esta facultad”.

Y destacó: “El turismo es una pieza angular del crecimiento económico de nuestro país. Se derogan leyes que limitaban la competencia, en particular la de operadores turísticos liberando a los proveedores turísticos de restricciones, matrículas, primas, peajes y sobrecostos”.