Aconsejan a los jubilados que tienen sentencia firme no aceptar la oferta de la Anses

La especialista en temas previsionales, Elena Mitjans, analizó en InfobaeTV los puntos salientes de la Ley 27.260 que aún el Poder Ejecutivo no reglamentó

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–¿Qué le podemos decir hoy al jubilado sobre los beneficios que trae la Ley de Reparación Histórica de Pago?

–Hoy lo único que tiene que hacer el jubilado es generar la clave de la seguridad social, nada más, en un trámite muy simple. Se hace entrando a la página de la Anses: www.anses.gob.ar. Luego con esa clave y cuando el Gobierno empiece a hacer las ofertas, que todavía no comenzaron, van a poder entrar y ver si están de acuerdo o no, porque es totalmente voluntario.

–¿Cómo se divide el universo de jubilados que se tienen que anotar en la Anses?

–Hay tres universos con una modalidad de oferta distinta. En primer lugar, los que tienen sentencia firme, los que están en proceso judicial y los que nunca reclamaron nada. Los que tienen sentencia firme, les van a ofrecer un monto que es un cálculo distinto, mucho menor, que puede ser la mitad del valor regulado por el juez y de esa mitad le van a ofrecer el 50% al contado y el resto en tres años, en cuotas trimestrales, por lo tanto no es conveniente que la acepten. En segundo lugar, aparecen los que están en proceso judicial, es el mismo cálculo pero sólo aplicará con cuatro años de retroactivo. Y los que nunca recibieron nada sólo se les va aumentar el haber jubilatorio si aceptan la propuesta del Gobierno, pero todavía falta la reglamentación de la ley.

Elena Mitjans: “Hoy lo único que tiene que hacer el jubilado es generar la clave de la seguridad social”

–¿Quiénes son los jubilados que empezarán a cobrar a partir de este año?

–Eso depende de la Anses y por manifestaciones públicas que ha hecho el titular del organismo, Emilio Basavilbaso, van a empezar a cobrar los mayores de 84 años. La ley 27.260, promulgada pero no reglamentada, dice que se establecerá un orden de prelación de una resolución de la Anses que establece que establece primero los mayores de 90 años. Al que no hizo nada le conviene aceptar la oferta; pero les conviene a los jubilados que hubieran hecho juicio y no lo hicieron y tenían haberes altos. No para los jubilados del haber mínimo.

–¿Que jubilado tendría que aceptar esta oferta de la Anses?

–Lo más duro es que el jubilado tome una decisión porque no le van a ofrecer una fecha cierta de cobro. Cada jubilado tiene que analizar su situación particular, pero los que tienen una sentencia firme, que son unos 60.000 jubilados, no deberían aceptar porque la quita es muy grande y tienen la posibilidad de cobrar más en forma inmediata, porque ya tienen una sentencia a su favor. La ley recientemente aprobada dice que el que no acepte se le va a pagar lo que marca la sentencia. A los 120 días hábiles de tener la sentencia firme la Anses tiene que pagar y esta pagando todos los meses de 2.000 a 3.000 sentencias. Pero el jubilado que no acepte la oferta no tendrá el aumento del haber que indica la ley.

La entrevista completa a Elena Mitjans