
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela revirtió este sábado su decisión de asumir las funciones del Parlamento de amplia mayoría opositora, anunció la corte.
En dos nuevos fallos fechados el 1 de abril, el TSJ decidió devolver las competencias legislativas a la Asamblea Nacional. Las dos sentencias, la 157 y la 158, modifican los fallos 155 y 156, con los que el Supremo ponía límites a la inmunidad parlamentaria y asumía las competencias legislativas del Parlamento, provocando un amplio rechazo internacional.
La corte anuló además la decisión que le confería al presidente Nicolás Maduro amplios poderes para legislar en materia de delincuencia organizada y terrorismo, informó la corte.
"Se suprime la cautelar (…) de dicho fallo", señaló el TSJ, en alusión a los poderes que había otorgado a Maduro para revisar leyes contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo y la corrupción, así como el código penal y el código de justicia militar.
La medida fue derogada de oficio tras un acuerdo entre los poderes públicos -excepto el Legislativo- cuyos representantes se reunieron hasta la madrugada de este sábado convocados por el presidente Nicolás Maduro, quien este viernes había pedido a la corte revisar el fallo que disolvió el Parlamento.
La propia fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega, había calificado la decisión de los jueces de "ruptura del orden constitucional".
La sentencia 158 suprime el apartado 4.4 de la sentencia 156, que facultaba a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a tomar funciones de la Asamblea Nacional.

En ese punto se leía: "Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho".
La Sentencia 157 reza en cambio: "Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo".
En ese fallo del martes pasado, el Tribunal Supremo declaraba que los asambleístas carecían de inmunidad por estar en desacato.
"La inmunidad parlamentaria sólo ampara (…) los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional)", indicaba la sentencia, ahora anulada por la nueva decisión del tribunal.
LEA MÁS:
Últimas Noticias
Sindicato y empleador: Causas de los conflictos laborales
El documento detalla que los tipos de desacuerdo laboral se generan por malentendidos o problemas en la comunicación, sobre los roles y las responsabilidades, cuestionamientos sobre liderazgo y gestión, entre otros

Antioquia se consolida como potencia empresarial: ya concentra el 22% de los conglomerados en Colombia
La región sobresale como segundo polo corporativo del país, con fuerte presencia en manufactura, alimentos, infraestructura, energía y comercio, y una contribución relevante al desarrollo económico

La Guardia Civil detiene a un hombre como presunto autor del asesinato de una mujer en El Viso del Alcor (Sevilla)
La joven de 30 años no se encontraba inscrita en el sistema Viogen, pero el detenido sí formaba parte del sistema por una relación anterior

Cencosud cancela la construcción de uno de sus centros comerciales más ambiciosos
El impacto recae directamente sobre la división Cenco Malls, que se ve forzada a descartar un proyecto diseñado para redefinir un sector clave. La inversión prevista alcanzaba los USD 125 millones

Tabla de posiciones de la Liga Peruana de Vóley 2025/26: así van los equipos en la fecha 7 de la primera fase
San Martín y Regatas Lima hicieron su trabajo y se llevaron sus respectivos triunfos en la jornada. Esto pone presión a Universitario, que hoy domingo se mide con Rebaza Acosta. Conoce todos los detalles


