
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela revirtió este sábado su decisión de asumir las funciones del Parlamento de amplia mayoría opositora, anunció la corte.
En dos nuevos fallos fechados el 1 de abril, el TSJ decidió devolver las competencias legislativas a la Asamblea Nacional. Las dos sentencias, la 157 y la 158, modifican los fallos 155 y 156, con los que el Supremo ponía límites a la inmunidad parlamentaria y asumía las competencias legislativas del Parlamento, provocando un amplio rechazo internacional.
La corte anuló además la decisión que le confería al presidente Nicolás Maduro amplios poderes para legislar en materia de delincuencia organizada y terrorismo, informó la corte.
"Se suprime la cautelar (…) de dicho fallo", señaló el TSJ, en alusión a los poderes que había otorgado a Maduro para revisar leyes contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo y la corrupción, así como el código penal y el código de justicia militar.
La medida fue derogada de oficio tras un acuerdo entre los poderes públicos -excepto el Legislativo- cuyos representantes se reunieron hasta la madrugada de este sábado convocados por el presidente Nicolás Maduro, quien este viernes había pedido a la corte revisar el fallo que disolvió el Parlamento.
La propia fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega, había calificado la decisión de los jueces de "ruptura del orden constitucional".
La sentencia 158 suprime el apartado 4.4 de la sentencia 156, que facultaba a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a tomar funciones de la Asamblea Nacional.

En ese punto se leía: "Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho".
La Sentencia 157 reza en cambio: "Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo".
En ese fallo del martes pasado, el Tribunal Supremo declaraba que los asambleístas carecían de inmunidad por estar en desacato.
"La inmunidad parlamentaria sólo ampara (…) los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional)", indicaba la sentencia, ahora anulada por la nueva decisión del tribunal.
LEA MÁS:
Últimas Noticias
España cierra su espacio aéreo a todos los aviones que participen en la guerra de Irán
Esta decisión ha obligado a los bombarderos a modificar sus rutas, según informa El País

Secuestros y asesinatos golpean a empresarios en México: nueve casos en seis meses
De octubre de 2025 a marzo de 2026, nueve empresarios fueron secuestrados o asesinados en México, siendo el caso de Rafael Tirado Lizárraga el más reciente

Muere un estudiante de Odontología tras estrellar un Porsche de la clínica de su madre y con dos mujeres en el asiento del copiloto
El siniestro tuvo lugar en Milán la madrugada del domingo. Falta por conocer el examen toxicológico y lo que deparen las cámaras

Oro en España: cuánto cuesta un gramo del metal hoy 30 de marzo
Conoce cuáles fueron los últimos movimientos que registró el metal precioso en el mercado

España dará la nacionalidad al opositor venezolano Leopoldo López
El Gobierno utilizará la vía exprés para otorgar la nacionalidad española a López

