Casación rechazó un nuevo pedido de prisión domiciliaria de Raúl Antonio Guglielminetti

La defensa oficial del represor había argumentado que el condenado reúne dos de los factores contemplados para calificar como población de riesgo ante la propagación del coronavirus

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El represor Raúl Guglielminetti (FOTO NA: DANIEL VIDES)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, rechazó un nuevo pedido de arresto domiciliario del represor Raúl Antonio Guglielminetti en un caso en el que fue condenado a la pena única de prisión perpetua por la comisión de 67 hechos calificados como crímenes de lesa humanidad por integrantes de la Superintendencia de Seguridad Federal de la Policía Federal durante la última dictadura.

Los camaristas Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos tuvieron en cuenta, además de la gravedad de los hechos por los que Guglielminetti está condenado, los informes médicos y socio-ambientales que ordenó el Tribunal Oral Federal 6 que había rechazado la domiciliaria apelada en Casación.

El trámite del expediente se realizó de manera digital debido a la pandemia y allí se sumaron informes que para los jueces demuestran que las patologías de Guglielminetti son correctamente atendidas, que se encuentra debidamente aislado en la unidad penitenciaria en donde cumple la pena, y que su derecho a la salud durante la pandemia de COVID-19 está garantizado.

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La defensa oficial del represor había argumentado que el condenado reúne dos de los factores contemplados para calificar como población de riesgo ante la propagación del virus: su edad -79 años- y el padecimiento de asma. La defensa criticó al rechazo del TOF 6 porque no consideró la situación que atraviesa el grupo familiar de Guglielminetti ya que su mujer -de 70 años - se encuentra a cargo de sus tres nietos adolescentes en razón del fallecimiento de los padres.

La defensa había planteado también que la mujer de Guglielminetti padece una discapacidad u esposa, y que la hermana del represor está enferma y sin familiares que la puedan asistir.

María Ángeles Ramos, fiscal a cargo de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado había dictaminado en contra de la domiciliaria para Guglielminetti. Había dicho que “…en el Pabellón 6 donde convive con 5 personas. La celda que habita es individual y es la Nº 5 que tiene 2,10 metros de ancho, por 2,75 metros de largo, y 3,52 metros de alto, por lo que su superficie asciende a un total de 5,77 metros cuadrados. También se informó que la celda cuenta con una ventana de 1 metro de alto por 1 metro de ancho, a través de la cual accede a ventilación e iluminación natural. El informe además arrojó otros datos de interés, como por ejemplo que hasta la fecha de su confección no existían ni internos ni personal penitenciario con patología COVID 19…”.

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Concluyó la fiscal –tal como consta en la resolución de Casación a la que accedió Infobae- que Guglielminetti no presentaba afecciones que permitieran contemplar su situación como excepcional porque las condiciones de detención no se traducen en un trato cruel, inhumano o degradante y explicó que “…la detención domiciliaria implica, en comparación con la prisión, una disminución significativa del control estatal sobre el cautelado y, desde esta perspectiva, un incremento del riesgo de que eluda la acción de la justicia… si se otorgara la detención domiciliaria a un condenado por graves delitos, incrementando de ese modo el riesgo procesal en comparación con la prisión, se pondría en juego la responsabilidad internacional del Estado Argentino…”.

Los jueces rechazaron el pedido de domiciliaria de Guglielminetti en modo pandemia, es decir de manera remota. Todo el trámite se llevó a cabo mediante la plataforma virtual del Sistema Informático de Gestión Judicial Lex 100. Los camaristas rubricaron la decisión con el nuevo sistema de firma electrónica que reemplaza la firma en el formato papel.

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