A pocos días de dejar el poder, el Gobierno creó la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados

La medida se hizo efectiva a través del Decreto 795/2019, publicado en el Boletín Oficial. El organismo será dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y tendrá a su cargo las medidas para garantizar la seguridad de quienes colaboren en ciertos casos judiciales

Mauricio Macri y German Garavano, ministro de Justicia

Como tenía previsto llevar a cabo antes del traspaso de mando, el Gobierno creó este viernes la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados. La misma será dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y estará a cargo de garantizar la seguridad de quienes colaboren “de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal”. La decisión se hizo efectiva a partir de la publicación del Decreto 795/2019 en el Boletín Oficial.

El documento fue firmado por el presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; los ministros Rogelio Frigerio (Interior), Oscar Aguad (Defensa), Germán Garavano (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Carolina Stanley (Salud y Desarrollo Social), Guillermo Dietrich (Transporte), Alejandro Finocchiaro (Educación), Dante Sica (Producción y Trabajo) y Hernán Lacunza (Hacienda); el secretario Luis Miguel Etchevehere (Agricultura, Ganadería y Pesca), y el canciller, Jorge Faurie.

Entre otras cuestiones, esta Agencia deberá ordenar y hacer cumplir ciertas “medidas especiales de protección”, las cuales podrán incluir desde la custodia personal hasta el cambio de domicilio y la entrega de una identidad falsa para los sujetos que ayuden en determinadas investigaciones..

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El organismo viene a reemplazar al actual Programa Nacional que ya se encarga de administrar este tipo de casos y que, hasta tanto se elijan las nuevas autoridades, continuará al mando de los trámites pendientes. Como adelantó Infobae días atrás, los cambios surgen sin un acuerdo entre la actual administración de Cambiemos y el Gobierno entrante de Alberto Fernández.

Casos actuales del Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados, que ahora estará a cargo de la nueva Agencia.

“Créase la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados destinada a la ejecución de las medidas que preserven la seguridad de imputados y testigos que se encontraren en una situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieran colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal", señala el primer artículo del Decreto publicado este viernes.

El organismo podrá intervenir en las causas referidas a “delitos previstos por los artículos 142 bis y 170 del Código Penal” y en la ley N° 23.737, que hacen referencia a aquellos relacionados con la privación ilegítima de la libertad, extorsión y hechos contra la salud pública, respectivamente. También actuará “cuando se tratare de delitos vinculados con la delincuencia organizada o de violencia institucional y la trascendencia e interés político criminal de la investigación lo hagan aconsejable”.

La Agencia será presidida por un director nacional propuesto por el Ministerio de Justicia y elegido por el Poder Ejecutivo Nacional. También contará con un Consejo Consultivo, cuyo titular será el mismo que el de la Cámara Federal de Casación Penal. Estará integrado por el procurador general y el secretario de Seguridad o funcionarios que ellos designen para tal efecto.

Este Consejo “se reunirá una vez por mes” para tratar los reclamos de testigos e imputados incluidos en el sistema de protección. Quienes participen de esos encuentros, “estén presentes o conozcan de ellos deberán guardar absoluta reserva y confidencialidad” de los temas que se debatieron.

Los miembros de esta Agencia “mantendrán bajo estricta reserva los legajos de los casos y sólo tendrán obligación de brindar información a las autoridades que intervengan en los procesos judiciales en los que se dispuso la protección de las personas".

Las medidas especiales de protección, cuando las circunstancias lo permitan y lo hagan aconsejable, podrán consistir en: custodia personal o domiciliaria; alojamiento temporario en lugares reservados; cambio de domicilio; suministro de los medios económicos para diferentes fines; asistencia para la gestión de trámites; ayuda para la reinserción laboral, y la entrega de documentación que acredite identidad falsa para mantener en reserva a la persona protegida y a su grupo familiar.

El director “tendrá autonomía de gestión" y la facultad para “dictar los reglamentos que resulten necesarios” para el funcionamiento de su organismo, siempre que estas decisiones cuenten “con la opinión favorable del Consejo Consultivo”.

Por último, el Decreto establece que, hasta tanto se designen las nuevas autoridades, la Agencia funcionará con el mismo titular, personal, bienes, activos, presupuesto vigente y patrimonio correspondientes al vigente Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

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