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Aprueban exonerar de impuesto a la renta a las nuevas mypes y otras facilidades tributarias

La Comisión de Economía del Congreso aprobo el dictamen que beneficiará a las nuevas micro y pequeñas empresas, con otra medida con impacto fiscal

Exoneración iría solo para micro y pequeñas empresas. Pero la medida tendrá que ser validad primero por el Pleno del Congreso. - Crédito Andina

Las nuevas micros y pequeñas empresas (mypes) que se formalicen en el país tendrían más beneficios tributarios. Así lo señala el dictamen que ha sido aprobado por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

Así, en la sesión del grupo presidido por el congresista Ilich López Ureña (Acción Popular) se aprobó el texto con 11 votos a favor, 2 en contra y 6 abstenciones. Este dictamen recaído en los proyectos de ley 1300/2021-CR, 6219/2023-CR y 10591/2024-CR, que las nuevas mypes podrá exonerarse del pago de impuesto a la renta de tercera categoría por un periodo de seis meses.

Pero además tendrán otras facilidades, como la exoneración de pago de derechos y tasas en trámites, y un pago especial del impuesto a la renta (IR) durante los dos primeros años de haberse formalizado.

Luego de la exoneración, las mypes igual tendrán facilidades de pago del IR. - Crédito Composición Infobae Perú/Agencia Andina

Beneficios tributarios para empresas

El dictamen aprobado en la Comisión de Economía busca dar facilidades a las nuevas mypes; es decir, a las empresas nuevas que se empiecen a formalizar a partir de la entrada de vigencia de esta —esta aún debe ser ratificada por el Pleno del Congreso— puedan acceder a las exoneraciones planteadas y así, según el presidente de la comisión, Ilich López, tengan más posibilidades de gestarse como negocios y tengan mayor margen para el éxito.

“La presente ley tiene por finalidad el permitir a las micro y pequeñas empresas que recién comiencen a operar, el poder afrontar sus gastos en un contexto de incertidumbre económica, además de incentivar su formalización”, aclara la medida. Así, estas son las medidas que se plantean en el texto del dictamen:

  • Se exonerará a la mype del pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría por un periodo de seis (06) meses de iniciado sus operaciones
  • También tendrán un pago especial del IR: el pago del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, durante los dos (02) primeros años, se podrá realizar hasta en 12 cuotas, mensuales, iguales y reajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC)
  • Además, se plantea la exoneración del pago por derechos y tasas para realizar trámites de inscripción, renovación o solicitud/copia de información en entidades públicas, durante el primer año de funcionamiento
Ilich López, presidente de la comisión de Economía, se mostró a favor de la propuesta. - Crédito Congreso

Asimismo, durante la sustentación del dictamen, el titular del grupo de trabajo, López Ureña, refirió que en estos años las empresas van creciendo y la política recaudadora de la Sunat ha contribuido a que las micro y pequeñas empresas no se desarrollen.

“Debemos dar un paso importante en cautelar que las micro y pequeñas empresas, puedan desarrollarse y avanzar en el desarrollo de nuestro país, ampliar la base tributaria, desarrollar sus capacidades, tener acceso a créditos, inclusión financiera, y de esta manera lo que vamos a tener, es más impuestos que recaudar a futuro”, expresó el congresista.

Situación de las mypes

“Actualmente, las pequeñas y micro empresas, las cuales generan el 80% del total de puestos de trabajo en el país, se han visto duramente golpeadas por la actual coyuntura, motivo por el cual se espera que 30 mil mypes formales dejen de operar en el año 2023″, señala la parte explicativa de una de las propuestas tomadas en cuenta para el dictamen.

Las Mype (micro y pequeña empresa) podría recibir este beneficio dede el 2026 si se aprueba y se promulga este año. - Crédito Difusión

Esta es la justificación detrás de la medida planteada. “Por lo que esto hace necesario e imperativo la intervención del actual Congreso de la República en la aprobación de una Ley que permita establecer facilidades tributarias para estas empresas durante el inicio de sus operaciones”, agrega el texto de la iniciativa.

Así, se detalla que así se impulsaría “la formalidad en éstas a la vez de permitir su supervivencia en los primeros años de su funcionamiento.

Según el texto, de acuerdo a la Constitución Política del Perú en su artículo 74, “las leyes relativas a tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente a su promulgación”. Por esto, se buscaba que esta se aplicará para el 2024. Pero, de aprobarse, entraría en vigencia aún en 2026.

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